Sentencia de Tutela11 de diciembre de 1998
T-784 de 1998
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Juan Carlos Arnedo
✓
Tema · dato duro
Der. A La Salud De Los Niños. Suministro De Audifonos Por La E.P.S. De Humana. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud Del Niño
- Fundamental
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
- Suministro de audífonos excluidos del manual de actividades, intervenciones y procedimientos
Estado Social De Derecho
- Protección del menor
Plan Obligatorio De Salud
- Suministro a menores de elementos para corrección de defectos físicos
5 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala Civil Tribunal Superior de Bogotá del 22 de octubre de 1998.
- Segundo. Con arreglo al artículo 4 de la Constitución, INAPLICAR en el presente caso, por ser incompatibles con ella, el parágrafo del 12 de la Resolución 5261 del 05 de agosto de 1994, emanada del Ministerio de Salud, o las disposiciones que, con el mismo sentido, los hayan sustituido.
- Tercero. CONCEDER el amparo solicitado y, en consecuencia, ordenar a la "Entidad Promotora de Salud Humana S. A." que, dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, suministre al niño ROBERTO CARLOS ARNEDO VARGAS los audífonos que le fueron prescritos por el médico tratante.
- Cuarto. DAR cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Citada por103
T-512/20Derecho A La Salud En Su Faceta De Diagnostico De Niño En Situacion De Discapacidad, Para Determinar Tratamientos Y Si Requiere Servicio De Transporte IntraurbanoT-475/20Derecho A La Salud En Su Faceta De Diagnostico De Niño En Situacion De Discapacidad, Para Determinar Si Se Requiere Servicio De Enfermeria O Cuidador, Y Servicio De Transporte IntraurbanoT-133/20Solidaridad Y Principio De Cargas Soportables En Salud-Le Corresponde A La Familia Asumir Costo De Pilas Para AudífonosT-259/18Principio Del Interes Superior Del Menor Y Derecho A Ser Escuchado En Proceso De Adopcion.T-362/16Principio De Continuidad En La Prestacion Del Servicio De Salud. Traslado Excepcional De Afiliados De Una Eps A Otra Porque A La Primera Le Ha Sido Ordenada Su Liquidacion.C-727/15Nulidad De Matrimonio. Efectos En Relación Con Los Hijos
Ver las 103 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.