T-783 de 2010
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Alvaro Hernandez Romero·Demandado Tribunal Administrativo De Arauca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Causales de procedibilidad y configuración de la vulneración de la Constitución como requisito
- Causales de procedibilidad y requisito de configuración de perjuicio iusfundamental
- Improcedencia por cuanto la aplicación de fórmula para calcular intereses moratorios no tiene relación directa con derechos fundamentales
- Alcance y carácter vinculante
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, igualdad.
A los accionantes se les reconoció una indemnización moratoria por el pago de cesantías mal liquidadas, y se dispuso que dicha indemnización se empezaría a calcular pasados los 45 días después de proferida la sentencia, alegan los actores que el mismo Tribunal en una sentencia anterior, decidió un caso con hechos idénticos, en el que dispuso que la indemnización moratoria se calcularía desde la fecha en que se causó el derecho.
La Sala como asunto previo pasa a revisar las causales de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales y el requisito de configuración de un perjuicio ius fundamental, luego realiza reiteración de jurisprudencia sobre el carácter vinculante del precedente judicial horizontal y vertical en el ordenamiento colombiano, se concluye que el juez del caso se apartó de un precedente, en lo referente a la fórmula para calcular unos intereses moratorios específicos en algunos casos igualmente específicos y esto como tema genérico no tiene una relación directa con derechos constitucionales, por lo que se decide no acceder a las pretensiones de los actores.
Niega
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de tutela proferida por la Sección Primera del Consejo de Estado, el 22 de abril de 2010, en segunda instancia, en el proceso de amparo promovido por los ciudadanos Álvaro Hernández Cadena, Ramón del Carmen Garcés, Benjamín Zocadagui Cermeño y la ciudadana Elianor Ávila Gómez contra el Tribunal Administrativo de Arauca, por las razones expuestas en la parte motiva de presente sentencia.
- Segundo. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.