T-753 de 2010
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Gustavo Andres Becerra Mejia·Demandado Procuraduria General De La Nacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia de reintegro al cargo por inexistencia de perjuicio irremediable
- Caso en que se decide no renovar nombramiento en provisionalidad de un cargo de carrera
- Improcedencia para solicitar reintegro de quienes han sido desvinculados de cargos de carrera administrativa ocupados en provisionalidad, salvo que se presente un perjuicio irremediable
- Todos los actos administrativos deben ser motivados, así sea de manera sumaria, salvo excepciones consagradas de forma expresa en la Ley
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso administrativo, trabajo, mínimo vital.
El accionante fue desvinculado de un cargo que venía ocupando en provisionalidad en la entidad accionada, durante diez años sin que su despido hubiese sido motivado.
La Sala se pronuncia sobre la obligación de motivar el acto administrativo por el cual se desvincula a una persona de un cargo de carrera, para el que fue nombrado en provisionalidad, se evidencia que no se esta ante la inminencia de un perjuicio irremediable y por lo tanto el amparo no resulta procedente.
Niega.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos de este proceso, ordenada en el auto del
- primero. 1deg de junio de dos mil diez 2010.
- SEGUNDO. CONFIRMAR la Sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Cesar, el 4 de diciembre de 2009, en la cual se nego el amparo solicitado.
- TERCERO. LIBRESE la comunicacion por Secretaria de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.