Sentencia de Tutela5 de septiembre de 2002
T-728 de 2002
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Hermogenes Prada Alape Y Otra Vs. Corte Suprema De Justicia Y Otra
✓
Tema · dato duro
Derechos Al Debido Proceso Autonomia E Integridad Cultural. Oportunidad De Intervencion De La Jurisdiccion Especial Indigena Por Hechos Punibles Cometidos Por Sus Miembros. Juez Natural. Conflicto De Competencia. Fuero Indigena. Inmediatez. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Inmediatez
Conflicto De Competencia Entre Jurisdiccion Indigena Y Jurisdiccion Penal
- Juez de tutela está legitimado para pronunciarse
Fuero Indigena
- Elementos
- Concepto
- No se cumplió requisito para reconocerlo
Jurisdiccion Indigena
- Competencia
Via De Hecho Por Desconocimiento De La Jurisdiccion Indigena
- Defecto orgánico
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Tutelar los derechos fundamentales al debido proceso y a la autonomía e integridad cultural de Hermógenes Prada Alape y de su comunidad. En consecuencia, revocar la sentencia proferida en el proceso de la referencia por el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, y en su lugar confirmar la sentencia del Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima, Sala Jurisdiccional Disciplinaria. (Expediente T-593713)
- Segundo. Confirmar la sentencia proferida en el proceso de la referencia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, Sala de Decisión Penal, del 10 de abril de 2002. (Expediente T-594894)
- Tercero. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a9
C-370/02Inimputable Por Diversidad Sociocultural. Responde Penalmente Pero No Se Impone Medida De SeguridadC-057/01Sala Disciplinaria Del Consejo Seccional De La Judicatura. Colisión De Competencia Entre Jueces O Fiscales E Inspectores De PolicíaT-266/99Debido Proceso. Jurisdiccion Indigena. Indebida Declaracion De Ausencia. Principio Non Bis In Idem. Concedida.T-008/98Tutela Contra Sentencias Proferidas Por La Justicia Regional. Via De Hecho. Error En El Juicio Valorativo De Las Pruebas. Negada. Ver Auto 026a/98.SU.429/98Via De Hecho En Providencias Judiciales. Solicitud De Invalidez Del Recurso De Suplica Por El Consejo De Estado. Negada.T-496/96Fuero Indigena. Diversidad Etnica Y Cultural. El Indigena Ante El Regimen Penal. Inexistencia De Via De Hecho. Negada.
Ver las 9 →Citada por71
T-379/24Tutela Contra Decisiones De La Justicia Indígena-Vulneración Del Debido Proceso En Su Faceta De Juez Natural (Defecto Orgánico). Irregularidad En El Derecho A La Defensa (Defecto Materia) Delito De Desaparición Forzada.T-139/24Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales De La Jurisdicción Especial Indígena-Omisión Del Deber De Coordinación Y/O Articulación De Las Autoridades Estatales (Artículo 246 De La Constitución Política Y El Convenio 169 De La Oit), Mediante Procedimiento De Consulta Previa.A. 961/24Incumplimiento Del Factor Institucional-Factor Objetivo No Es Determinante-Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes-Delito Contra La Integridad Sexual-Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria-La Comunidad Indígena No Acreditó La Existencia De Procedimientos Efectivos Para La Satisfacción Plena De Los Derechos Del Procesado Y La Victima.A. 485/24Incumplimiento Del Factor Institucional- Factor Objetivo No Es Determinante-Porte De Estupefacientes En Un Contexto De Macro Criminalidad-No Se Garantizan Los Derechos De La Colectividad Mayoritaria Y De Las Víctimas, Con Ocasión De Las Acciones De Una Organización Macro Criminal, Cuya Investigación Y Desarticulación Requiere Operaciones A Gran Escala Del Estado Colombiano.A. 1981/24Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional-Elemento Objetivo No Es Determinante-La Comunidad Indígena No Acreditó La Existencia De Procedimientos Efectivos Para La Satisfacción Plena De Los Derechos De Las Victimas.A. 1980/24Incumplimiento Del Factor Institucional-El Resguardo Indígena No Dispone De Un Andamiaje Institucional Suficiente Para Investigar Y Juzgar La Conducta De Violencia Intrafamiliar.
Ver las 71 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.