Micelio
Sentencia de Tutela13 de agosto de 2003

T-700 de 2003

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Jose Antonio Ochoa Angarita Vs. Concejo Municipal De San Joaquin Santander

Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad Y Libertad Religiosa De Ministro. Solicitud Exoneracion Pago Impuesto Predial. Trato Diferenciado. Juicio De Igualdad. Tratamiento Tributario Diferente Entre Iglesia Pentecostal Y Catolica. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Igualdad
  • Falta de razonabilidad en trato tributario diferente
Iglesia Pentecostal E Impuesto Predial
  • Procedencia de la tutela para exención por inexistencia de otros medios de defensa judicial
Iglesia Pentecostal
  • Exención tributaria
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Ministro de iglesia cristiana pentecostal puede ser en el orden territorial o municipal
Libertad De Cultos
  • Afectación por imposición de cargas tributarias diferentes
Juicio De Igualdad
  • Cuando debe efectuarse
8 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONCEDER la proteccion de los derechos a la igualdad y a la libertad religiosa, invocados por Jose Antonio Ochoa Angarita, en su calidad de ministro de la Iglesia Pentecostal de San Joaquin. En esa medida, CONFIRMAR la Sentencia de diciembre 16 de 2002, proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Joaquin, Santander, mediante la cual se concedio la proteccion de los derechos invocados por el demandante.
  2. SEGUNDO. Por Secretaria General LIBRENSE las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.