Micelio
Sentencia de Tutela5 de diciembre de 1996

T-696 de 1996

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Luis Guillermo Nieto Roa

Tema · dato duro
Der. A La Intimidad. Inviolabilidad De Correspondencia Privada. Filmacion De Un Escrito. Carencia Actual De Objeto. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Correspondencia Privada En Recinto Publico
  • Personas con proyección pública
Derecho A La Informacion
  • Responsabilidad social
Derecho A La Intimidad Personal Y Familiar
  • Factores de determinación sobre personajes públicos
  • Características
  • Naturaleza
  • Presentación falsa de hechos
  • Intromisión
  • Maneras de vulneración
  • Divulgación de hechos privados
Acción De Tutela
  • Hecho consumado
5 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR por las razones expuestas en la parte motiva de la presente providencia, el fallo proferido por la juez 74 Penal del Circuito de Santafé de Bogotá D.C., el 23 de julio de 1996, pero declarar que cesa la acción por carencia actual de objeto, ya que se trata de un hecho consumado.
  2. Segundo. PREVENIR, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del decreto 2591 de 1991, al ciudadano HUGO HERLENDY RUIZ CABRERA y al NOTICIERO AM-PM, para que en lo sucesivo se abstengan de incurrir en conductas violatorias del derecho fundamental a la intimidad, consagrado en la Constitución Política, como las que generaron la acción de tutela objeto del presente pronunciamiento.
  3. Tercero. LÍBRENSE las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.