T-664 de 2008
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Elkin De Jesus Doria Sanchez Como Apoderado De Jorge Eliecer Callejas Lopez·Demandado Ecopetrol Sa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos para acreditar vulneración
- Concepto
- Límite máximo de descuentos
- Descuento máximo permitido por ley
- Condiciones para efectuar descuentos sobre las mesadas pensionales según jurisprudencia del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional
- Marco legal relacionado con los montos máximos de descuento a sus mesadas
- Vulneración por descuento injustificado a la mesada pensional efectuado por ECOPETROL
- Coexistencia cuando éstos se dirigen a la protección de derechos constitucionales protegidos
- Justificación cuando con el mismo se protegen beneficios adicionales a los previstos en el régimen general
- Descuentos realizados por empleador, aún con autorización del trabajador, deben respetar normas vigentes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al minimo vital de pensionado y su nucleo familiar a quien la entidad le efectua descuentos de su mesada pensional en un porcentaje mayor al 50%.<br>solicita se ordene abstenerse de efectuar descuentos a su mesada pensional por un monto superior al 50%.<br>derecho fundamental al minimo vital.
Descuentos permitidos a las mesadas pensionales.
Mesadas pensionales sobre las que se fijan montos maximos de descuento permitidos por la ley.<br>en el presente asunto, la mesada pensional se constituye para el actor en su unica fuente de recursos para satisfacer tanto sus necesidades basicas como las de su nucleo familiar, por lo que los descuentos efectuados a su mesada pensional en un monto superior al 50%, vulnera la garantia fundamental a su minimo vital.<br>concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Barrancabermeja el 25 de octubre de 2007 en la que se revocó la Sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Barrancabermeja que inicialmente había concedido la protección solicitada en el proceso de la referencia, y en su lugar su lugar TUTELAR el derecho fundamental al mínimo vital del señor Jorge Eliécer Callejas López y de su familia, por las razones expuestas en la presente providencia.
- Segundo. ORDENAR a Ecopetrol que a partir del periodo de pago siguiente a la notificación de esta providencia, se abstenga de efectuar descuentos por cualquier concepto, a la mesa pensional del señor Jorge Eliécer Callejas López, superiores al 50 % de la misma.
- Tercero. Por Secretaria General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.