Micelio
Sentencia de Tutela7 de septiembre de 1999

T-661 de 1999

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Jose Antonio Bonilla

Tema · dato duro
Der. Al Minimo Vital. Der. A La Vida En Condiciones Dignas Y Justas. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales Por Invalidez. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Seguridad Social Del Pensionado
  • Pago de mesadas y prestación de servicios médicos asistenciales
Juez De Tutela
  • Análisis objetivo de hechos y pretensiones
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
Medio De Defensa Judicial
  • Pago de mesadas pensionales atrasadas
Prevencion En Tutela
  • Pago oportuno de mesadas pensionales
Pension De Invalidez
  • Pago oportuno de mesadas
8 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. REVOCAR la decision proferida por el Juzgado
  4. Quinto. Penal Municipal de Buenaventura (Valle), el 12 de mayo de 1.999, en el proceso de la referencia..
  5. Segundo. CONCEDER la tutela impetrada y, en consecuencia, se ORDENA al alcalde municipal de Buenaventura (Valle) que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, proceda a tomar las medidas necesarias para reanudar el pago de la mesada pensional del senor Jose Antonio Bonilla. En lo atinente a las mesadas pensionales ya causadas y no pagadas, asi como "las primas del 98", el demandante debera acudir ante la jurisdiccion ordinaria para exigir su pago.
  6. Tercero. El alcalde municipal de Buenaventura sera responsable en forma personal por el cumplimiento exacto y oportuno de esta decision, bajo el apremio de las sanciones previstas por el articulo 52 del Decreto 2591 de 1.991.
  7. Ademas, se le previene para que en el futuro no vuelva a incurrir en las omisiones ilegitimas que dieron origen a esta accion, so pena de las sanciones legalmente establecidas para su sancion..
  8. Cuarto. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1.991, para los fines alli establecidos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.