Micelio
Sentencia de Tutela18 de septiembre de 2009

T-658 de 2009

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Alexander Escobar Vasquez·Demandado Emssanar Epss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Derecho constitucional y servicio público esencial
  • Es un derecho fundamental
  • Prestación a cargo del Estado orientado por los principios de solidaridad, universalidad y eficiencia
  • Casos en que cabe la protección por vía de tutela
  • Doble connotación jurídica
  • Requisitos para la cirugía de By pass Gástrico por obesidad mórbida excluida del POS
Plan Obligatorio De Salud
  • Inclusión de la cirugía By pass gástrico para la obesidad mórbida
Derecho Fundamental A La Salud
  • Comprende, entre otros, el derecho a acceder a servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad
Accion De Tutela Contra Administradora Del Regimen Subsidiado
  • Procedencia para autorización de procedimiento de by pass gástrico por laparoscopia
Entidad Promotora De Salud
  • Concepto de médico tratante particular resulta vinculante cuando no se evalúa la situación del paciente
Linea Jurisprudencial Relacionada Con El Problema De Salud Publica
  • Reiteración de jurisprudencia sobre la obesidad mórbida y la cirugía de By pass gástrico
Derecho A La Salud Y A La Vida Digna
  • Derecho a gozar de un estado completo de bienestar físico, mental y social dentro del nivel más alto posible
9 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida digna, salud, seguridad social.

El accionante considera vulnerados sus derechos fundamentales debido a que la entidad accionada no le ha autorizado el tratamiento quirúrgico BYPASS GÁSTRICO, procedimiento que requiere con urgencia, debido a la enfermedad que padece.

La Sala hace reiteración de jurisprudencia sobre el derecho a la salud y su protección constitucional a través del ejercicio de la acción de tutela, régimen subsidiado en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, obesidad mórbida como problema de salud pública y bypass gástrico como tratamiento idóneo y su inclusión en los planes obligatorios de salud, oponibilidad al concepto científico del médico tratante aunque no se encuentre vinculado a la EPS del usuario, se concluye que la intervención quirúrgica requerida se encuentra incluida dentro del POS y por consiguiente la EPS accionada, está en la obligación de autorizar su práctica, además si bien el tratamiento no fue indicado por un médico adscrito a la entidad, ésta tampoco le asignó un médico que tuviera los conocimiento especializados para éste tipo de patologías, se ordena autorizar la cirugía y brindar el tratamiento integral en salud luego de la ella.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el once (11) de marzo de 2009, por el Juzgado
  2. Decimo. (10) Penal del circuito de Cali. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la salud, a la vida y a la seguridad social del senor Alexander Escobar Vasquez, por las razones y en los terminos de esta Sentencia.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a EMSSANAR E.S.S. E.P.S.-S, que a favor del accionante autorice la realizacion del Bypass Gastrico le fue prescrito si asi lo quiere.
  4. TERCERO. ORDENAR a EMSSANAR E.S.S E.P.S-S, que somentan al senor Alexander Escobar Vasquez, en un plazo no superior a cuarenta y ocho (48) horas, a una valoracion por un grupo multidisciplinario de especialistas que le suministren la informacion pertinente en forma clara y concreta, sobre los beneficios, riesgos y demas consecuencias que pueda generar en su salud y en su organismo la cirugia bariatrica que se le dictamino, para que manifieste de manera libre y espontanea su voluntad de someterse al mismo. Una vez obtenido el consentimiento informado de la paciente la EPS dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes autorizara y gestionara la practica de la intervencion quirurgica la cual debera realizarse dentro del mes siguiente al vencimiento de dicho termino, de conformidad con las prescripciones e indicaciones del medico tratante.
  5. De la misma forma, la entidad accionada esta en la obligacion de prestarle una atencion integral en salud al senor Alexander Escobar Vasquez, lo cual le brindara una adecuada recuperacion, conforme a la prescripcion de su medico tratante.
  6. CUARTO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.