Micelio
Sentencia de Tutela27 de noviembre de 1996

T-649 de 1996

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Luis Eduardo Montoya

Tema · dato duro
Proceso Penal Contra El Procurador. Suspension Del Cargo. Debido Proceso. Concedida Parcialmente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso Publico
  • Intervención Procuraduría como sujeto procesal
Derechos Del Sindicado
  • Intervención Procuraduría como sujeto procesal
Ministerio Publico
  • Sujeto procesal en penal
  • Necesidad de intervención en proceso penal
Principio De Libertad De Altos Funcionarios
  • Sujetos de juzgamiento por el Congreso
Indemnizacion Del Daño Emergente
  • Improcedencia general de tutela
Procurador General De La Nacion
  • Detención preventiva en etapa sumarial
9 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCASE parcialmente la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en la accion de tutela de la referencia, por los motivos indicados en la parte motiva del presente fallo y en su lugar se protege el derecho fundamental al debido proceso y se ORDENA a la Fiscalia General de la Nacion que, dentro de la investigacion penal que se le sigue al doctor LUIS EDUARDO MONTOYA MEDINA, (expediente 2587), no se demore la tramitacion del impedimento y se tomen las medidas indicadas en la parte motiva (remision de solicitudes y constancia al Senado e informacion a la Presidencia de la Republica, al Consejo de Estado y a la Corte Suprema de Justicia para que se integre la terna para Procurador ad-hoc), segun se dijo en la parte motiva de este fallo y de acuerdo con la Ley. Igualmente se ORDENA a la Procuraduria General de la Nacion, determine por medio del Procurador ad-hoc si considera necesaria su intervencion dentro del proceso general que se le sigue a Montoya Medina y si ello es asi actua como sujeto procesal. Se procedera a las comunicaciones indicadas en esta sentencia.
  2. Segundo. Respecto a las otras solicitudes de la tutela, se deniegan, pero SE HACE UN LLAMADO A PREVENCION a la Fiscalia General de la Nacion para que en adelante el Fiscal General no delegue las funciones que surjan del articulo 251 numeral 1o de la Carta Politica.
  3. Tercero. Para los efectos del articulo 36 del decreto 2591 de 1991 haganse las notificaciones y tomense las prevenciones del caso por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca que profirio la decision de primera instancia en la presente tutela.
  4. Cuarto. Librese el oficio indicado en este fallo, al Senado de la Republica, adjuntandose tambien copia integra de la sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.