Sentencia de Tutela23 de julio de 2003
T-605 de 2003
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Luz Amparo Restrepo Gonzalez Vs. Iss
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion De Compañera Permanente. Solicitud Reconocimiento Pension De Sobrevivientes. Respuesta De Fondo. Termino De Dos Meses Para Resolver. Ley 717 De 2001. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Instituto De Seguros Sociales
- Vulneración por no resolver petición en tiempo sobre pensión de sobrevivientes
Derecho De Peticion En Pension De Sobrevivientes
- Término para reconocimiento
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 7 de Febrero de 2003 por el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Medellin, que nego el amparo solicitado por la senora Luz Amparo Restrepo Gonzalez. En su lugar CONCEDER la tutela solicitada.
- Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta sentencia, proceda a resolver de fondo la peticion formulada por la demandante el 21 de agosto de 2002.
- Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a9
T-304/03Derecho De Peticion. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensiónales. Inclusion En Nomina De Pensionados. Pension De Sobrevivientes De Conyuge Superstite. Termino De Dos Meses Para Resolver. Ley 717 De 2001. Concedida.T-165/03Derecho A La Seguridad Social Y Minimo Vital De Vigilante De La Finca "el Jardin". Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Computo Periodo De Cotizacion. Mora En Pago De Aportes Por Empleador. Accion De Repeticion. Iss. Concedida.T-051/03Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Sobrevivientes. Respuesta De Fondo. Termino De Dos Meses Para Resolver. Ley 717 De 2001. Concedida.T-813/02Derecho Al Debido Proceso. Solicitud Reconocimiento Pension De Sobrevivientes. Termino Para Expedir Nuevo Acto Administrativo. Acreditacion Vida Marital. Respuesta Recurso De Apelacion Interpuesto. Ley 100 De 1993. Art. 47. Ley 717 De 2001. Concedida.T-191/02Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Respuesta Clara Y Oportuna. Plazo Para Resolver Solicitudes. Cuatro Meses. Concedida.T-1098/02Derecho De Igualdad Y Debido Proceso. Solicitud Reconocimiento Pension Por Muerte A Compañera Permanente De Persona Fallecida En Prestacion Del Servicio Militar Obligatorio. Respuesta Recurso De Reposicon Interpuesto. Trato Discriminatorio. Termino Dos Me
Ver las 9 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.