Sentencia de Tutela30 de noviembre de 1995
T-575 de 1995
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Jorge Enrique Sanchez Y Otros
✓
Tema · dato duro
Tutela Contra El Ruido. Der. A La Tranquilidad. Restaurante Villa Sabor. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Contra Particulares
- Contaminación por ruido
Demanda De Tutela
- Contaminación por ruido
- Presentación por varias personas
Principio De Armonizacion
- Colisión entre derechos constitucionales
Accion De Tutela Contra El Ruido
- Procedencia por conexidad
Principio De Economia Procesal
- Ejercicio de la tutela por varias personas
Principio De Ponderacion
- Colisión entre derechos constitucionales
Principio De Unidad Constitucional
- Colisión entre derechos constitucionales
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencias proferidas por el Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Ibagué, el veinticinco (25) de julio de mil novecientos noventa y cinco (1995), en primera instancia, y por el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de esa ciudad, el veinticuatro (24) de agosto del mismo año, en segunda instancia, dentro del proceso de la referencia.
- SEGUNDO. CONCEDER, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, la tutela de los derechos constitucionales fundamentales vulnerados a los peticionarios de la presente acción, en consecuencia, SE ORDENA a DEIRA PATRICIA TRUJILLO ROMERO y a CARLOS URIEL ATEHORTUA CASTELLANOS, propietaria y administrador del RESTAURANTE "VILLA SABOR", no emitir ruido en su establecimiento por encima de los niveles sonoros permitidos, y si ello llegare a acontecer, con la prueba que se presente ante el Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Ibagué, de la manera como se indicó en la parte motiva, dicho despacho judicial ordenará a la autoridad correspondiente de esa ciudad, que en el término de 48 horas, cancele la licencia de funcionamiento del aludido establecimiento, según lo indicado en la parte motiva de este fallo. Adicionalmente, se ordena a los demandados que, si todavía no lo han hecho, procedan a efectuar las adecuaciones locativas mediante reformas orientadas a evitar la difusión del ruido generado por el establecimiento.
- TERCERO. El Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Ibagué vigilará el estricto cumplimiento de lo dispuesto en esta sentencia.
- CUARTO. LIBRENSE, por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-453/95Der. De Peticion. Der. A La Tranquilidad Y Tolerancia. Cierre De Establecimiento Comercial. Indemnizacion De Perjuicios. Cigarreria. Negada.T-425/95Tutela Contra Particulares. Libertad De Empresa. Abuso De Ders. Constitucionales. Venta Y Consumo De Licores. Concedida.T-357/95Destinatario De La Accion De Tutela. Tutela Contra Particulares. Contaminacion Auditiva. Establ. "cerro Musical". Concedida.T-210/94Der. A La Intimidad. Libertad De Cultos. Tutela Contra El Ruido. Concedida.T-028/94Tutela Contra Particulares. Der. Al Ambiente Sano. Der. A La Tranquilidad. Fabrica De Maderas. Concedida.
Citada por19
C-308/19Medidas Policivas. Desconexión Temporal De La Fuente De Ruido Que Afecta La Convivencia. Casos De Imperiosa Necesidad En Que Puede Ingresar Una Autoridad Policiva En Inmueble Sin Orden Escrita. Apoyo Urgente De Particulares. Destrucción De Bien.T-099/16Vulneracion De Derechos Fundamentales A Causa De Altos Nivles De Ruido Producidos Por Establecimientos Comerciales.T-904/13Tutela de 2013T-359/11Tutela de 2011T-083/10Tutela de 2010C-544/07Servidumbre De Transito. Exigencia De Que El Predio Dominante Se Halle Destituido De “toda” Comunicación Con El Camino Público Es Inconstitucional
Ver las 19 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.