Micelio
Sentencia de Tutela4 de diciembre de 2024

T-508 de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Hugo Y Lina·Demandado Promocosta Eps Y Otro

Tema · dato duro
Derecho A La Salud En Su Faceta De Diagnóstico Y Al Tratamiento Médico-Procedimiento Quirúrgico De Reasignación De Sexo Y De Afirmación De Identidad De Género. Cosa Juzgada Y Jurisprudencia Constitucional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Se realizó procedimiento de afirmación de identidad sexual y de género
Derecho Al Diagnostico
  • Fundamental como parte de la salud
Derecho A La Salud De Personas Transgenero
  • Jurisprudencia constitucional
  • Tratamiento para procedimiento de afirmación de identidad sexual y de género
Derecho Fundamental A La Salud
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Elementos y principios
Funcion Jurisdiccional Por Superintendencia Nacional De Salud
  • Idoneidad del mecanismo debe analizarse en cada caso concreto por el juez de tutela
Principio De Integralidad En El Acceso A La Salud
  • Condiciones a las que se sujeta el suministro del tratamiento integral
Derecho Al Diagnóstico
  • Está compuesto por tres etapas: identificación, valoración y prescripción
Derecho Al Diagnóstico Como Parte Del Derecho A La Salud
  • Necesidad de orden del médico tratante para acceder a servicios o tecnologías en salud
9 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con la presente sentencia se dio solución a dos expedientes de tutela en los que se tiene como hecho común que los accionantes, un hombre y una mujer transgénero que tiene un diagnóstico de VIH, consideraron que sus derechos fundamentales fueron vulnerados por las entidades demandadas, como consecuencia de no haber garantizado los servicios de salud requeridos para la cirugía de reafirmación de género, al igual que los demás servicios y tecnologías de salud diferentes al procedimiento quirúrgico mencionado.

Se reiteró jurisprudencia constitucional sobre el derecho a la salud, sus principios y el derecho al diagnóstico.

Así mismo, se abordó temática referente a los derechos a la salud y a la igualdad de las personas transgénero y transexuales.

En un caso se declaró la carencia actual de objeto por hecho superado respecto a la pretensión del procedimiento quirúrgico y negar lo relacionado con la solicitud de realización de otros servicios y tecnología.

En el otro expediente también se negó el amparo respecto los servicios y tecnologías reclamadas y se declaró la configuración de la cosa juzgada respecto a la pretensión de la cirugía de reafirmación de género, en cuanto ésta se realizó por medio de otro trámite de tutela.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (12 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR PARCIALMENTE la Sentencia del 10 de noviembre del 2022 del Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento que confirmó, por su parte, la Sentencia del 4 de octubre del 2022 del Juzgado
  3. Primero. Penal Municipal de Adolescentes con Función de Control de Garantías de Barranquilla, en relación con los servicios de salud solicitados por el señor Hugo, que, sin embargo, no han sido ordenados por médicos especialistas. Y, REVOCAR las demás decisiones adoptadas en dicho fallo.
  4. SEGUNDO. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado en el caso T-10.262.352, en lo relacionado con la pretensión por medio de la cual se solicitó la cirugía de reafirmación de género, por las razones expuestas en esta providencia.
  5. TERCERO. CONFIRMAR PARCIALMENTE la Sentencia del 13 de marzo de 2024, proferida por el Juzgado
  6. Noveno. Civil Municipal de Barranquilla, en el sentido de negar las pretensiones presentadas por la señora Lina respecto de servicios de salud que no han sido ordenados por especialistas médicos. Y, REVOCAR las demás decisiones adoptadas en dicho fallo.
  7. CUARTO. DECLARAR la cosa juzgada en el caso T-10.275.806 respecto de la pretensión por medio de la cual se solicitó la cirugía de reafirmación de género, por las razones expuestas en esta providencia.
  8. QUINTO. DESVICULAR a la IPS Promocosta del proceso T-10.262.352, por las razones expuestas en esta providencia.
  9. SEXTO. DESVINCULAR a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud del proceso T-10.275.806, por las razones expuestas en esta providencia.
  10. SÉPTIMO. LIBRAR por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991, así como DISPONER las notificaciones a las partes e intervinientes en el proceso de tutela, previstas en el mencionado artículo, por medio del Juzgado
  11. Primero. Penal Municipal de Adolescentes con Función de Control de Garantías de Barranquilla y del Juzgado
  12. Noveno. Civil Municipal de Barranquilla, que fungieron como jueces de primera instancia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Aclaración parcialCristina Pardo Schlesinger
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.