T-498 de 2013
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Maximino Cordoba·Demandado Petrobras Colombia Limited
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia frente a Petrobras, quien presta servicio de exploración y extracción de petróleo
- Elementos de asequibilidad y habitabilidad
- Deber de informar los inconvenientes y el término en que se dará respuesta cuando no se puede resolver en el plazo establecido
- Improcedencia para proteger derecho a la vivienda digna, por cuanto fisuras y grietas que presenta el inmueble no son de tal magnitud que pongan en peligro derrumbe
- Improcedencia por cuanto el accionante cuenta con otros medios de defensa judicial para obtener indemnización por daños causados en su vivienda
- Jurisprudencia constitucional
- Alcance y contenido
- Respuesta debe ser de fondo, oportuna, congruente y tener notificación efectiva
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El accionante considera que PETROBRAS COLOMBIA LIMITED está vulnerando algunos de sus derechos fundamentales, como consecuencia del tránsito de vehículos pesados y el mantenimiento inadecuado que realiza a la carretera sobre la cual se encuentra construida su casa de habitación, lo que ha generado daños estructurales en la misma.
Luego de reiterar jurisprudencia relacionada con la procedencia de la acción de tutela contra particulares, los elementos del derecho fundamental de petición y el derecho a una vivienda digna y su contenido, la Sala decide confirmar la decisión de instancia que negó el amparo del derecho de petición y declaró improcedente la tutela con respecto a los demás derechos invocados.
Se exhorta a la entidad accionada para que en el futuro se abstenga de incurrir en conductas como las que originaron la presente actuación y se advierte al actor que cuenta con otros mecanismos judiciales de defensa ciertos, eficaces e idóneos para lograr lo pretendido, tal como la acción civil de responsabilidad extracontractual y la acción de grupo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de los terminos decretada mediante Auto del 29 de mayo de 2013.
- SEGUNDO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la Sentencia proferida el catorce (14) de diciembre de dos mil doce (2012) por el Juzgado Promiscuo Municipal de Suarez, Tolima, en cuanto denego el amparo del derecho fundamental de peticion y, con respecto a los demas derechos fundamentales invocados, declaro improcedente la tutela interpuesta por el senor Maximino Cordoba en contra de Petrobras Colombia Limited.
- TERCERO. EXHORTAR al Representante Legal de Petrobras Colombia Limited para que en el futuro se abstenga de incurrir en conductas como las que originaron la presente actuacion.
- CUARTO. ADVERTIR al accionante que cuenta con otros mecanismos judiciales de defensa ciertos, eficaces e idoneos para lograr lo pretendido, tal como seria la accion civil de responsabilidad extracontractual y la accion de grupo.
- QUINTO. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.