T-496 de 2013
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Elias Pequi Trochez·Demandado Gobernadores Del Cabildo Indigena Del Resguardo La Cilia-La Calera De Miranda (Cauca)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Protección constitucional
- Respeto que debe observarse en los procesos judiciales que se adelantan
- No vulneración, por cuanto Resguardo indígena, apoyado en las disposiciones legales y constitucionales que definen su jurisdicción, y aplicando sus usos y costumbres, asumió investigación y decretó condena por delit
- Naturaleza jurídica
- Finalidad
- Figura simbólica del fuete no constituye tortura ni pena degradante
- Territorial, personal, institucional y objetivo
- Cuando agencian derechos de miembros de comunidad indígena privados de la libertad
- Imposición de sanciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se aduce que el Resguardo Indígena la Cilia La Calera de Miranda (Cauca) vulneró los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa del actor al condenarlo a 50 años de cárcel por haber cometido el delito de homicidio agravado en contra de otro indígena miembro de dicha comunidad, gracias a una confesión que fue obtenida mediante tortura y promesas falsas de libertad.
Se aborda la siguiente temática: 1º.
La procedencia de la acción de tutela en contra de decisiones adoptadas por autoridades indígenas. 2º.
La legitimación en la causa por activa del Juez de Paz de Reconsideración cuando agencia los derechos de un miembro de una comunidad indígena que se encuentra privado de la libertad. 3º.
La protección constitucional de la autonomía de los pueblos indígenas a su jurisdicción y a su fuero. 4º.
El principio de la maximización de la autonomía indígena. 5º.
El respeto que debe observarse por el debido proceso en los procesos judiciales que se conocen ante la jurisdicción indígena y, 6º.
La imposición de sanciones en esta jurisdicción.
Al considerar la Sala que en el presente caso se cumplen todos los elementos del fuero indígena, decide NEGAR el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Negar la accion de tutela interpuesta por el senor Victor Manuel Sarria, quien actua como agente oficioso del indigena Elias Pequi Trochez, contra el Cabildo del Resguardo Indigena La Cilia La Calera de Miranda (Cauca), con base en las consideraciones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. Librese por secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
- TERCERO.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.