T-460 de 2017
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Efrain Saenz·Demandado Departamento Del Quindio
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ilegalidad
- Inexistencia
- Existencia
- Beneficio no aplica para cargos de libre nombramiento y remoción
- Caso en que se declaró insubsistente a accionante, quien ostentaba la calidad de empleado de libre nombramiento y remoción
- Fuente legal
- Obligación de garantizar la estabilidad laboral de los destinatarios, evitando suprimir los cargos que estos ocupen en la administración, hasta el momento en que culminen los procesos de reestructuración
- Definición
- Destinatarios
- Fuente constitucional
- Sujeto de especial protección
- Alcance de la protección
- No se satisface el requisito de subsidiariedad
- Procedencia excepcional
- Reiteración de jurisprudencia sobre su aplicación y alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con la acción de tutela se pretende que el juez constitucional deje sin efectos el acto administrativo mediante el cual se declaró la insubsistencia del actor en el cargo de Director de Calidad Educativa del Departamento del Quindío, el cual tenía la calidad de libre nombramiento y remoción.
Según el accionante, dar por terminada la relación legal y reglamentaria desconoce la protección especial denominada retén social, en la que considera se encuentra incluido, al ser una persona próxima a pensionarse y con problemas de salud.
Se aborda la siguiente temática: 1º.
El retén social.
Definición, fuente legal y constitucional, destinatarios y obligaciones. 2º.
La figura de prepensionado como categoría autónoma de protección y sus diferencias con el retén social.
La Corte concluye que la protección por estabilidad laboral reforzada a personas en condición de prepensionado no opera en los cargos de libre nombramiento y remoción, como lo es el que ostentaba el actor.
Se DENIEGA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas en primera instancia, por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito para Adolescentes con Funcion de Conocimiento de Armenia -Quindio-, el 6 de octubre de 2016, que concluyo en segunda instancia mediante la decision adoptada por el Tribunal Superior de Distrito Judicial, Sala de Asuntos Penales para Adolescentes de Armenia -Quindio-, el 1o de noviembre de 2016, mediante las cuales se declaro improcedente el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo, al minimo vital, a la estabilidad laboral reforzada, a la seguridad social integral, invocados por el ciudadano Efrain Saenz, dentro del proceso de accion de tutela que formulo contra la Gobernacion del Quindio.
- En su lugar, NEGAR el amparo de las garantias ius fundamentales reclamadas, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente providencia judicial.
- Segundo. Por la Secretaria de la Corporacion, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.