Micelio
Sentencia de Tutela24 de septiembre de 1997

T-459 de 1997

Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz

Demandante Albeiro Burgos Parra

Tema · dato duro
Debido Proceso. Der. Al Buen Nombre. Proceso Disciplinario En Establecimientos Educativos. Hurto En Colegio. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Boletin De Notas Del Alumno
  • Comentarios o anotaciones sujetos a derechos fundamentales
Establecimiento Educativo
  • Alcance de las anotaciones en libreta personal del estudiante
Libreta De Calificaciones
  • Intensidad del juicio constitucional sobre comentarios y anotaciones
Reglamento Educativo
  • Establecimiento de normas sujeto a la Constitución
  • Inasistencia y negativa a nivelar
  • Determinación de faltas y sanciones
  • Potestad sancionadora sometida a garantías constitucionales
Convivencia En Comunidad Educativa
  • Sujeción a valores, principios y derechos constitucionales
Debido Proceso Disciplinario
  • Cancelación matrícula sin informar a la asociación de padres de familia
Informe Conceptual Y Descriptivo De Alumno
  • Reincidencia en indelicadeza con pertenencias de compañeros
Principio In Dubio Pro Reo
  • Carencia de fundamento probatorio suficiente responsabilidad delictual de estudiante
Sancion Escolar
  • Carácter pedagógico
9 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. R E S U E L V E:
  2. Primero. REVOCAR la sentencia de marzo 12 de 1997, proferida por el Juzgado 6deg Penal del Circuito de Manizales y, en su lugar, CONCEDER a Albeiro Burgos Parra la tutela de sus derechos al debido proceso y al buen nombre. Por consiguiente, se ORDENA al Instituto INEM "Baldomero Sanin Cano" de la ciudad de Manizales que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta sentencia, surta nuevamente el procedimiento disciplinario en contra del actor de conformidad a los criterios postulados senalados en esta providencia y elimine la frase "es reincidente en su indelicadeza con las pertenencias de sus companeros" del "Informe Conceptual y Descriptivo" correspondiente al tercer periodo academico del ano de 1996.
  3. Segundo. LIBRESE comunicacion al Juzgado 3deg Penal Municipal de Manizales, con miras a que se surta la notificacion de esta providencia, segun lo establecido en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.