Micelio
Sentencia de Tutela1 de agosto de 1995

T-340 de 1995

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Juan Manuel Pardo Torres

Tema · dato duro
Der. A La Educacion. Debido Proceso. Perdida Del Año Y Del Cupo. Colegio San Bartolome. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Colegio San Bartolome
  • Reintegro de alumno
Derecho A La Educación
  • Efectividad
  • Exclusión por bajo rendimiento
  • Improcedencia de exclusión del sistema educativo
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. Revocar la sentencia adoptada por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santafe de Bogota, Sala de Familia, el 21 de marzo de mil novecientos noventa y cinco (1995). En su lugar, tutelar los derechos a la educacion y al debido proceso del actor, cuyo nombre debe mantenerse reservado en toda publicacion que se haga de esta providencia, a fin de garantizar sus derechos fundamentales.
  2. SEGUNDO. Ordenar a la Fundacion Colegio Mayor de San Bartolome que admita al actor como su estudiante regular, para repetir el
  3. undecimo. grado durante 1996, y que durante ese periodo academico se le preste especial atencion, ya que el menor debe cumplir con sus objetivos academicos y superar los efectos de una interrupcion de su proceso formativo debida a la violacion de sus derechos fundamentales.
  4. TERCERO. Ordenar a la Fundacion Colegio Mayor de San Bartolome que proceda a revisar su reglamento institucional y sus procedimientos administrativos, de tal manera que ellos no recorten el alcance del derecho a la educacion regulado por la Constitucion y sus desarrollos legales.
  5. CUARTO. Ordenar que por la Secretaria General se remitan copias del expediente al Ministerio de Educacion Nacional, para lo de su competencia.
  6. QUINTO. Comunicar la presente providencia al Juzgado Diecisiete de Familia de Santafe de Bogota, para los efectos previstos en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  7. Comuniquese, notifiquese, cumplase e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.