Micelio
Sentencia de Tutela31 de agosto de 1998

T-453 de 1998

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Camilo Augusto Hernandez

Tema · dato duro
Der. A La Vida Y A La Salud. Der. Al Ambiente Sano. Botadero De Basura En Barrio Residencial. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Basurero municipal
  • Fundamental por conexidad
Accion Popular
  • Defensa de bienes de uso público
Autoridad Municipal
  • Responsabilidad en tratamiento y disposición de residuos
Derecho A La Vida
  • Protección a causa de botadero de basura
Medio Ambiente Sano
  • Protección de ríos y cuencas hidrográficas
10 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Cundinamarca, Sala Civil, y en su lugar, tutelar los derechos constitucionales fundamentales del señor Camilo Augusto Hernández Córdoba y de su hijo.
  2. Segunda: ORDENAR a la Alcaldía Municipal de Ricaurte, cerrar en el término de un año contado a partir de la notificación de esta sentencia, el basurero municipal de Ricaurte por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, y habilitar un relleno sanitario ajustado mínimamente a las normas jurídicas correspondientes y a las consideraciones técnicas que sobre el particular fije la C.A.R., en un término de un año.
  3. Tercero. ORDENAR a la Alcaldía Municipal de Ricaurte, mientras se produce el cierre definitivo del basurero municipal actual, realizar todas las actividades sugeridas por la C.A.R. para evitar la proliferación de vectores facilitadores de enfermedades y partículas en suspensión que puedan atentar contra los derecho fundamentales del actor y su hijo, garantizando un control efectivo de los mismos, y erradicando el humo y la quema de residuos en el botadero en mención.
  4. Cuarto. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.