T-452 de 2014
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Sociedad Interbolsa S.A. Comisionista De Bolsa En Liquidacion·Demandado Juzgado 21 Penal Del Circuito De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debía ser presentada ante el Juez natural de la causa
- Relevancia y trascendencia constitucional
- Reiteración de jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El accionante considera que la autoridad judicial accionada vulneró sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y a la verdad, a la justicia y a la reparación, como consecuencia de su decisión de revocar parcialmente el auto proferido por otra autoridad judicial, a través del cual se reconoció a Interbolsa S.A., Comisionista de Bolsa (En Liquidación) como víctima y simultáneamente como representante de los accionistas afectados por los posibles ilícitos cometidos en las operaciones realizadas por Interbolsa S.A. como intermediaria de valores.
Se reitera jurisprudencia de la Corporación en torno a las causales generales de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, se caracteriza el defecto sustantivo y se analiza el tema del reconocimiento de la calidad de víctima y su participación como interviniente especial en el proceso penal.
Se confirman las decisiones de instancia que declararon IMPROCEDENTE el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR, por las razones expuestas, la Sentencia del 13 de noviembre de 2013 proferida por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, que a su vez confirmo la decision adoptada el 30 de septiembre de 2013, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, en el sentido de declarar improcedente el amparo solicitado por la Sociedad Interbolsa S.A. Comisionista de Bolsa en Liquidacion contra el Juzgado 21 Penal del Circuito de Bogota.
- Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.