Micelio
Sentencia de Tutela14 de julio de 2017

T-450 de 2017

Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido

Demandante Jesus Leonardo Restrepo Zapata·Demandado Municipio De Pereira Y Otro

Tema · dato duro
Accion De Tutela De Vendedor Ambulante. Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judicial Y No Acreditar Perjuicio Irrremediable.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Principio De Subsidiariedad
  • Procedencia de la acción de tutela para evitar un perjuicio irremediable pese a existir otro medio de defensa judicial
Principio De Subsidiariedad De La Acción De Tutela
  • Juez debe verificar si ante la existencia de otro medio de defensa judicial, éste es eficaz e idóneo
Accion De Tutela De Vendedor Ambulante
  • Caso en que Municipio negó a accionante autorización para ocupar el espacio público para el ejercicio de su actividad
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no acreditar perjuicio irremediable
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En este caso se aduce que el municipio de Pereira vulneró derechos fundamentales y el principio de confianza legítima, al negarle al actor autorización para ocupar el espacio público para el ejercicio de su actividad de vendedor estacionario.

La Corte declara la IMPROCEDENCIA de la solicitud de amparo invocada e insiste que la acción de tutela no se puede ejercer para pretermitir los mecanismos judiciales dispuestos por el legislador para la resolución de conflictos jurídicos contenciosos administrativos, pues daría lugar a que la jurisdicción constitucional sustituyera siempre o casi siempre a la jurisdicción de lo contencioso administrativa.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la sentencia de tutela proferida el 7 de junio de 2016, por el Juzgado
  2. Segundo. Penal Municipal de Pereira (Risaralda), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente providencia. En su lugar, DECLARAR la improcedencia de la accion de tutela, en los terminos expuestos en los considerandos de esta sentencia de tutela.
  3. Segundo. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.