Sentencia de Tutela6 de junio de 2002
T-446 de 2002
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Luis Maria Arenas Cristancho Vs. Municipio De Pamplona
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Pago Oportuno De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Nadie Esta Obligado A Lo Imposible. Deficit Presupuestal. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Fallo De Tutela
- Incumplimiento no sirve de excusa para negar protección reclamada
Acción De Tutela
- Pago oportuno periódico mensual de mesadas pensionales
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
- Presunción de afectación por ausencia prolongada en pago de mesadas
Empleador
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de mesadas pensionales
Derecho Al Pago Oportuno De La Pension
- Naturaleza constitucional
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Revocar la sentencia de fecha seis (6) de marzo de dos mil dos (2002), proferida por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, en la acción de tutela presentada por Luis María Arenas Cristancho contra el municipio de Pamplona, Norte de Santander. En consecuencia, se concede la tutela solicitada respecto del derecho de garantizar el pago oportuno, periódico mensual, de las mesadas que se causen y de las dejadas de percibir, con el fin de proteger el derecho al mínimo vital.
- Para tal efecto, se ordena al Alcalde del municipio de Pamplona que, si aún no lo ha hecho, en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, contadas a partir de la notificación de este fallo, inicie los trámites y gestiones presupuestales necesarios, para obtener los recursos que le permitan garantizar el pago oportuno de las mesadas pensionales a las que pueda tener derecho el actor, así como las mesadas dejadas de percibir.
- Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a16
T-606/99Der. A La Igualdad. Der. Al Trabajo. Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales Por El Municipio De Monteria. Concedida.T-525/99Der. A La Vida. Der. A La Seguridad Social. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Departamento De Bolivar. Concedida.T-259/99Der. Al Trabajo Y A La Seguridad Social. Suspension De Pago De Salarios. Universidad Del Valle. Concedida.SU.995/99Derecho Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales Docentes Plato Magdalena. Concedida.T-399/98Der. Al Minimo Vital. Pago De Salarios Atrasados Y Acreencias Laborales. Partida Presupuestal. Municipio De Amaga- Antioquia. Concedida.T-366/98Procedencia Excepcional De La Tutela Para El Pago De Acreencias Laborales. Der. Al Minimo Vital. Suspension De Pago De Salarios. Concedida.
Ver las 16 →Citada por7
T-731/06Tutela de 2006T-244/04Derechos A La Vida Minimo Vital Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales Atrasadas. Llamado A Prevencion. Concedida.T-214/04Derecho Al Debido Proceso Administrativo. Pago Oportuno De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Pension Vitalicia De Jubilación Y De Sobrevivientes. Retiro Codigo De Control. Falta Documentos De Historia Laboral. Buena Fe. Tutela Contra Actos AdminiT-1235/04Derecho Al Debido Proceso De Pensionado Del Iss Que Devengaba Conjuntamente Pension De Vejez Y Pension De Invalidez Siéndole Esta Ultima Suspendida Por Causa Que Aun No Le Ha Sido Precisada Por La Entidad Pese A Las Solicitudes Que Al Respecto Ha FormuladT-908/02Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Pension Gracia De Jubilacion. Dilacion Por Extravio De Acto Administrativo. Investigacion Disciplinaria. Concedida.T-573/02Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Deficit Presupuestal. Nadie Esta Obligado A Lo Imposible. Concedida.
Ver las 7 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.