T-422 de 2008
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Francisco Luis Hernandez Herrera En Representacion De Luis Fernando Castrillon Herrera·Demandado Banco Bbva
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Deber de la entidad financiera con la cual se celebró el convenio de autorizar el pago a un tercero autorizado por el beneficiario
- Agilización de pago de mesadas
- Medidas tendientes a mejorar la condiciones de vida
- Afectación de derechos por negación o interrupción cuando el accionante validamente autorizó a un tercero su cobro
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derechos al minimo vital y seguridad social de persona con incapacidad cuyo hermano solicita la entrega mensual del monto que corresponde a la pension de la que este es titular.
Procedencia excepcional de la tutela para lograr el pago de acreencias o prestaciones laborales cuando constituyan el unico medio para satisfacer las necesidades del petente y su familia.
Afectacion de derechos por la negacion o interrupcion del pago de una pension cuando el accionante autorizo debidamente su cobro a un tercero.
La entidad accionada nego la solicitud del actor porque, inicialmente, la persona designada para eegectuar el cobro, era el padre del pensionado.
Sin embargo, al expediente se allego prueba de la autorizacion que el pensionado concedio a su hermano desde el año 2007 para estos efectos.
Este documento cuenta con la respectiva presentacion personal y el certificado de supervivencia, por lo cual, se estiman cumplidos a cabalidad los requisitos para la designacion de un tercero.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo de octubre 10 de 2007, proferido por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Rionegro, por medio del cual fue confirmado el dictado por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Vicente en julio 17 del mismo ano, el cual denego la accion de tutela incoada por el senor Francisco Luis Hernandez Herrera, como agente oficioso de Luis Fernando Castrillon Herrera, contra el Banco BBVA. En su lugar, CONCEDESE la proteccion de los derechos a la seguridad social y al minimo vital, en conexidad con la vida digna.
- Segundo. En consecuencia, ORDENASE al representante legal de la Fiduciaria La Previsora S.A., o quien haga sus veces, que dentro del termino de cuarenta y ocho horas (48) siguientes a la notificacion de la presente sentencia, desembolse el total de las mesadas pensionales que desde mayo de 2007 a la fecha de esa actuacion procesal se adeuden al senor Luis Fernando Castrillon Herrera, ante la entidad financiera que tenga sucursal o agencia en la localidad donde se efectua regularmente el pago, las cuales deberan ser pagadas a la persona que el pensionado designe, segun lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. ORDENAR al Personero Municipal de San Vicente, disponer las medidas necesarias para determinar la situacion del actor, promover su bienestar fisico y mental, brindar asistencia a sus familiares para hacer efectivo el cumplimiento de esta decision, cuya copia le sera enviara, y la obtencion de las mesadas pensionales que en adelante se causen, asi como el seguimiento requerido para que esos dineros sean destinados a satisfacer las necesidades del pensionado. Ademas, debera asesorar a sus familiares y asistirlos durante el eventual proceso de interdiccion por demencia que, de ser necesario, deba iniciarse para declarar su incapacidad y la respectiva designacion de un curador.
- Adicionalmente, se oficiara al Alcalde Municipal de San Vicente, para que por medio de un representante vigile el cumplimiento de lo ordenado en esta providencia, cuya copia se le enviara, en orden a que sea apropiadamente acatada y adelante el seguimiento hasta la plena efectividad de lo ordenado a favor de Luis Fernando Castrillon Herrera, ademas de realizar lo que este a su alcance, en el ambito de sus respectivas funciones, para que el sea incluido en programas de atencion a discapacitados.
- Cuarto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.