Micelio
Sentencia de Tutela25 de mayo de 2010

T-416 de 2010

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Martin Emilio Calle Calle·Demandado Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Manizalez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Regimen De Transicion Y Traslado Al Regimen De Ahorro Individual
  • Caso en que al demandante no le es aplicable por cuanto se trasladó a este régimen y además no tenía 15 años cotizados a 1 de abril de 1994
Regimen De Transicion
  • Traslado de monto ahorrado no puede ser inferior al monto total del aporte legal correspondiente en caso que la persona hubiere permanecido en el régimen de prima media
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Igualdad, debido proceso, seguridad social, dignidad humana.

El accionante comenta que se trasladó de régimen después de haber cumplido 42 años y por lo tanto considera que es beneficiario del régimen de transición, sin embargo la entidad accionada alega que no tiene derecho ya que para la fecha en que realizó el traslado no contaba con 15 años cotizados, por lo cual inició un proceso ordinario, en el cual se absolvió al ISS por considerar probada la excepción previa de ausencia de requisitos para acceder a la pensión de vejez, el actor considera que se incurrió en un defecto sustantivo.

La Sala pasa a estudiar la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y el defecto sustantivo, se concluye que la sentencia no incurrió en un defecto sustantivo, ya que el actor no cumple con los requisitos para ser beneficiario del régimen de transición.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo dictado por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia el dieciseis (16) de diciembre de dos mil nueve (2009), que a su vez confirmo el de la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia el catorce (14) de octubre de dos mil nueve (2009), que negaron por improcedente la tutela interpuesta por el senor Martin Emilio Calle Calle.
  2. Segundo. NEGAR la accion de tutela interpuesta por el senor Martin Emilio Calle Calle, por considerar que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Manizales no incurrio en via de hecho, ni vulnero los derechos fundamentales del tutelante al proferir la sentencia del 15 de septiembre de 2009, segun las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia.
  3. Tercero. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.