Micelio
Sentencia de Tutela15 de abril de 2005

T-412 de 2005

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Argemiro Betancurt Betancurt Vs. Cafesalud

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Incorpora el derecho al diagnóstico
  • Fundamental autónomo
  • Fundamental por conexidad
1 tema · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud de afiliado en calidad de beneficiario que padece enfermedad coronaria de 3 vasos por la cual su medico tratante le formulo un examen diagnostico denominado coronariografia que la entidad se niega a autorizar.

Solicita se ordene la realización del procedimiento formulado.

Derecho fundamental a la salud y procedencia de la accion de tutela.

El derecho a la salud tiene incorporado el derecho al diagnostico.

No resulta normal que se niegue o dilate la autorización de examenes de tipo diagnostico que han prescrito los medicos tratantes y que se encuentran incluidos en el pos por cuanto es claro que esta situacion pone en riesgo la vida la salud y la dignidad de personas que ven cada vez mas distante las posibilidades para reestablecer sus condiciones de salud.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el juzgado 11 Civil Municipal de Manizales, que denegó la acción de tutela de la referencia. En su lugar CONCEDER el amparo al derecho a la salud, solicitado por el señor Argemiro Betancurt Betancurt.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a CAFESALUD EPS, que si aún no lo ha hecho, dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente Sentencia, autorice al señor Argemiro Betancurt Betancurt, la realización de los exámenes de "Coronariografia y Ventriculografia", ordenados por su médico tratante.
  3. TERCERO. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.