T-409 de 2014
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Siervo Elias Prieto Salas·Demandado Fiscalia Noventa Y Tres Seccional Unidad De Delitos Contra La Fe Publica Y El Patrimonio Economico De Bogota Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden a juzgado de control de garantías proceda a realizar nuevamente la audiencia de control de legalidad de allanamiento en presencia del accionante y su apoderado
- Se puede ejercer en la audiencia de legalización de allanamiento bajo dos perspectivas
- Su aplicación se extiende a la etapa preprocesal
- Importancia
- Protección constitucional
- Actuaciones procesales reservadas en el proceso penal
- Actuaciones procesales públicas en el proceso penal
- Garantía del derecho fundamental al debido proceso del indiciado
- El derecho de defensa se empieza a ejercer desde el momento que se tenga conocimiento de la existencia de una actuación penal en su contra, incluso durante la etapa de indagación
- Garantías legales en materia penal respecto de personas incursas en un procedimiento internacional
- Ámbito de aplicación en el proceso penal comprende toda actuación incluida la etapa preprocesal
- Garantía constitucional
- Importancia
- Personas autorizadas para intervenir en la audiencia de legalización de allanamiento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa y a la legalidad se alegan vulnerados al impedírsele al actor ejercer su derecho de defensa, por el hecho de negarle la entrega de los C.D. de la audiencia reservada de legalización de allanamiento llevada a cabo en su vivienda y la expedición de copia de la investigación y documentos que fueron aportados por el gobierno Australiano para la respectiva diligencia.
Se aborda temática relacionada con el derecho a la defensa en el sistema penal acusatorio, las personas autorizadas para intervenir en la audiencia de legalización de allanamientos, las actuaciones reservadas en el proceso penal y las garantías legales en materia pernal de personas incursas en un procedimiento internacional.
Se CONCEDE la protección de los derechos fundamentales invocados y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los mismos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR, por las razones contenidas en esta providencia, los fallos proferidos por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota y la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, los cuales denegaron la accion de tutela presentada por el senor Siervo Elias Prieto Salas. En su lugar, CONCEDER la proteccion a los derechos fundamentales invocados.
- Segundo. ORDENAR, como se establecio en este fallo, al Ministerio de Relaciones Exteriores, y al Ministerio Publico para que concurran a la proteccion de los derechos fundamentales del Siervo Elias Prieto Salas en el proceso penal que posiblemente se adelanta en Australia. Procederan a efectuar las gestiones que sean necesarias para definir si se adelanta alguna investigacion penal en su contra y le informaran los recursos y derechos de los que dispone.
- Tercero. ORDENAR, al Juzgado 35 Penal Municipal de Garantias de Bogota, y al Ministerio Publico, que en el termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia procedan a realizar nuevamente la audiencia de control de legalidad del articulo 237, esta vez en presencia del actor y su apoderado, esto con el fin de verificar que el allanamiento del que fue objeto la vivienda del senor Siervo Elias Prieto Salas, se haya realizado, en debida forma.
- Cuarto. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.