Sentencia de Tutela17 de septiembre de 1993
T-399 de 1993
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Miguel Cuesta
✓
Tema · dato duro
Mora Judicial. Omision De La Fiscalia En El Desarrollo De La Investigacion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Fiscalía General De La Nación
- Diligencia en las investigaciones
5 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución Política,
- R E S U E L V E:
- Primero. CONFIRMASE en todas sus partes el fallo proferido el doce (12) de mayo de mil novecientos noventa y tres (1993) por el Tribunal Superior de Santafé de Bogotá D.C. -Sala Penal-, mediante el cual se ordenó tutelar los derechos del ciudadano MIGUEL ANTONIO CUESTA MONROY.
- Segundo. CONCEDESE a la Fiscalía 36 Delegada un término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación del presente fallo para que informe a la Sala Penal del Tribunal acerca del estado actual del proceso en referencia. En el mismo término deberá cumplir, si ya no lo hubiere hecho, la sentencia que se confirma.
- Tercero. ENVIESE copia de las presentes diligencias al Consejo Superior de la Judicatura -Sala Disciplinaria- y a la Procuraduría General de la Nación, para lo de su cargo.
- Cuarto. LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por25
SU.546/23Fallas Estructurales Y Vulneración Generalizada De Derechos Fundamentales De La Población Líder Y Defensora De Derechos Humanos-Declaración De Un Estado De Cosas Inconstitucional Y Necesidad De Un Plan Integral De Protección. Exhorto Gobierno Nacional.T-099/21Derechos Al Debido Proceso, Igualdad, Defensa Y Acceso A La Administracion De Justicia De Persona Privada De La Libertad, Por Mora JudicialT-317/19Derecho De Peticion Frente A Particulares Y Su Importancia Para Acceder Al Derecho De Acceso A La Administracion De Justicia,T-103/19Derecho De Peticion Ante Particulares Y Su Relacion Con El Acceso A La Administracion De Justicia.C-570/19Código Disciplinario Militar. Faltas Gravísimas. Notificación Personal Por Medios Electrónicos.C-583/16Audiencias Laborales. Continuidad De La Misma Sin Que Pueda Decretarse Suspensión.
Ver las 25 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.