Sentencia de Tutela5 de abril de 2001
T-382 de 2001
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Jairo Calderon Uribe Vs. Juzgado 1 Civil Del Circuito Cartagena
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso Y Acceso A La Administracion De Justicia. Proceso Concordatario. Audiencia Preliminar. Oposicion Del Deudor. Via De Hecho. Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedibilidad De La Accion. Principio De Razonabilidad. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Omisión del deudor en interponer recurso de reposición
- Procedencia excepcional cuando interpretaciones del ordenamiento jurídico contravienen principios y valores constitucionales
Via De Hecho
- Aprobación de concordato a pesar de la oposición del deudor
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
- Procedencia excepcional por vía de hecho
Concordato
- Presupone acuerdo de voluntades
Decision Ultra O Extra Vires
- No constituye ejercicio de la autonomía
Prevalencia Del Derecho Sustancial
- No es exigible al demandante conocer las ritualidades procedimentales para interponer recurso de reposición
Principio De Autonomia Funcional Del Juez
- Sometimiento al imperio de la ley
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONCEDER a Jairo Calderón Uribe la protección de los derechos al debido proceso y de acceso a la administración de justicia, vulnerados por el Juez
- Primero. Civil del Circuito mediante providencia de noviembre 9 de 1999, en la cual aprueba el concordato solicitado por el demandante. Por lo tanto, CONFIRMAR en su integridad la providencia de segunda instancia, proferida por la honorable Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.
- SEGUNDO. DESE cumplimiento a lo previsto por el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
T-784/00Derecho A La Defensa Tecnica. Debido Proceso. Via De Hecho. Delito De Estafa. Negada.T-1072/00Debido Proceso. Derecho A La Defensa A La Igualdad. Via De Hecho Judicial. Interpretacion Y Aplicacion De La Ley. Deber De Proteccion De Las Personas En Situacion De Debilidad Manifiesta. Anulacion Fallo En Proceso Ejecutivo Singular. Bic-Bancolombia. Concedida.T-260/99Debido Proceso. Via De Hecho. Habeas Corpus. Principio Non Bis In Idem. Negada.T-1017/99Debido Proceso. Acceso A La Justicia Tutela Contra Sentencia. Via De Hecho Der A La Igualdad Der Al Trabajo. Consejo Estado Seccion 2ª. Dictar Sentencia De Merito Porque Se Declaro Inhibida Para Proferir Sentencia Por Ineptitud Sustantiva En La AcumulacioT-001/99Debido Proceso. Tutela Contra Sentencias. Via De Hecho. Principio De Favorabilidad Del Trabajador. Trabajador Despedido Con Fuero Sindical. Foncolpuertos. Concedida.T-146/95Debido Proceso. Principio De La No Reformatio In Pejus. Penas Principales. Negada.
Ver las 8 →Citada por18
T-410/24Derechos A La Igualdad Y Debido Proceso En Restitución De Tierras-Vulnerabilidad Sobreviniente Para Ser Considerado Segundo Ocupante (Principios Pinheiro). Actuaciones Posteriores A La Sentencia.SU.317/21Acumulacion De Tiempos De Servicios Prestados Tanto En El Sector Privado Como En El Sector Publico Para Obtener Pension De VejezSU.433/20Accion De Tutela Contra Providencia Que Decreto Preclusion Por Prescripcion En Proceso Penal. ImprocedenciaSU.226/19Incumplimiento De Las Obligaciones Del Empleador O De Las Entidades Administradoras En Materia De Pensiones No Es Imputable Ni Oponible Al Trabajador.SU.062/18Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedencia Por Defecto Factico Por No Incorporar, Practicar O Valorar Pruebas En Proceso De Reparacion Directa.T-658/14Tutela de 2014
Ver las 18 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.