Micelio
Sentencia de Tutela8 de noviembre de 2021

T-381 de 2021

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Roque Sanchez Mendez·Demandado Establecimiento Penitenciario De Alta Y Mediana Seguridad De Giron Y Otro

Tema · dato duro
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado-Accionante Fue Traslado De Celda, La Cual Presentaba Deficiente Iluminacion
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Al interponer la acción de tutela el actor se encontraba recluido en el Establecimiento Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad de Girón.

La conducta que se cuestiona es la respuesta que le dio el área de mantenimiento de la reclusión frente a la solicitud de mejorar el suministro de energía eléctrica en su celda, consistente en que debía hacer el requerimiento ante la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios de Colombia, por cuanto ella no tenía presupuesto ni lo elementos o herramientas necesarias para hacerlo.

Alega el actor que la deficiente iluminación después de que cae la noche y hasta el horario permitido, supone una afectación a sus derechos a la dignidad humana y a no recibir tratos crueles e inhumanos, pues le impide realizar las actividades permitidas por el establecimiento.

Teniendo en cuenta que en sede de revisión se constató que el peticionario ya no se encuentra en la celda que presentaba el inconveniente por cuanto fue traslado a otra y que el problema de iluminación en el otro lugar fue solucionado, se declaró la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO.

Pese a lo anterior, se reiteró a la USPEC la importancia de dar solución oportuna y eficiente a los daños que impiden la prestación continua de energía eléctrica en las celdas de los establecimientos de reclusión, dada su especial relevancia para garantizar la seguridad en el establecimiento y para que los reclusos puedan llevar a cabo actividades propias de su proceso de resocialización.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la sentencia de 16 de septiembre de 2020 proferida por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, que revocó el fallo proferido el 5 de agosto de 2020 por el Juzgado
  2. Cuarto. de Familia de Bucaramanga, en el cual se había concedido la protección solicitada. En su lugar, DECLARAR la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO por el acaecimiento de un hecho superado.
  3. Segundo. LIBRAR, por la Secretaría General de esta Corporación, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.