Micelio
Sentencia de Tutela18 de mayo de 2006

T-373 de 2006

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Juan Carlos Saenz Maldonado Vs. Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Condiciones para procedencia del cubrimiento de traslado del paciente y su acompañante
Derecho A La Salud
  • Pago de gastos de traslado del acompañante del paciente por la ARP del Seguro Social
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida digna en conexidad con el derecho a la salud de afiliado que sufrio un accidente de trabajo en la mina donde labora presentado un trauma toraxico y dorsolumbar que requirio manejo conservador terapia fisica y reposo por la negativa de la entidad de autorizar los viaticos para un acompañante que requiere para viajar a la ciudad de bogota donde le serian practicados unos bloqueos radiculares que le fueron autorizados.

Solicita se ordene el cubrimiento de los costos de traslado de su acompañante.

Condiciones para la procedencia del cubrimiento del traslado del paciente y su acompañante.

En el presente asunto esta probado que la ars autorizo al paciente su traslado a la ciudad de bogota para efectos de realizarse el tratamiento ordenado.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
  2. Tercero. Civil del Circuito de Cúcuta, el 31 de octubre de 2005, y por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Cúcuta, el 11 de noviembre de 2005, que negaron la tutela promovida por el señor Juan Carlos Sáenz Maldonado contra el Seguro Social A.R.P. Seccional Norte de Santander- y en su lugar |CONCEDER el amparo solicitado.
  3. En consecuencia, se ORDENA al representante legal del Seguro Social A.R.P. -Seccional Norte de Santander- o a quien haga sus veces, que en caso de que no se hubiere efectuado ya, en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta providencia, proceda a autorizar el cubrimiento de los costos de traslado de la acompañante del demandante, de acuerdo con lo expuesto en esta providencia y de conformidad con lo ordenado por el médico tratante.
  4. SEGUNDO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.