Micelio
Sentencia de Tutela7 de abril de 2005

T-348 de 2005

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Edgar Aurelio Ramos Lopez Vs. Cafesalud

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Planes Adicionales De Salud
  • Naturaleza
  • Se rigen por las cláusulas del contrato
  • Tipos
Contrato De Medicina Prepagada
  • Adhesión
  • Diferencias entre las partes se solucionan bajo las normas de derecho privado
  • Exclusión de preexistencias previa, expresa y taxativamente
  • Exclusiones y preexistencias
Medicina Prepagada
  • Actividad económica y servicio público a cargo de particulares
4 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud la dignidad y la igualdad de afiliada a medicina prepagada en calidad de beneficiaria de pensionado de la empresa de energia de bogota que por causa de un accidente sufre parálisis del lado izquierdo de su cuerpo y afasia que le imposibilitan comunicarse con el mundo exterior requiriendo tratamiento de cuarto nivel de atencion por tratarse de una patología de tipo catastrofico.

El medico le ha ordenado por incontinencia urinaria el empleo de pañales que la entidad se ha negado a suministrar.

Solicita se ordene el suministro de los pañales desechables ordenados por el medico tratante.

Contratos de medicina prepagada y el papel de las empresas prestadoras de estos servicios en el sistema general de seguridad social en salud.

En los eventos en que un medico de una empresa de medicina prepagada ordena a un paciente un tratamiento o medicamento excluido del contrato celebrado con la empresa pero incluido en el pos esta corporación ha señalado que aquel puede acudir a la eps para que esta estudie el caso.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Confirmar el fallo proferido en segunda instancia por el Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá, el 23 de septiembre de 2004, y, en consecuencia, negar la tutela a los derechos fundamentales a la salud, a la dignidad y a la igualdad de la señora María Visitación López de Ramos.
  2. SEGUNDO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, los juzgados de origen harán las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.