Micelio
Sentencia de Tutela10 de abril de 2008

T-321 de 2008

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Mariluz Molina Gutierrez·Demandado Saludcoop Eps

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Del Niño
  • Fundamental prevalente
  • Tienen derecho a todos los servicios médicos incluso de manera preventiva
  • Obligación de la EPS de suministrar las vacunas del neumococo y el rotavirus a la menor y repetición contra el Fosyga
Derecho A La Vida
  • Concepto y alcance
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
  • Requisitos para acceder a tratamientos y medicamentos de alto costo
Derecho A La Vida Digna
  • Involucra más elementos que una simple existencia
Derecho A La Salud Y Suministro De Vacunas
  • Forma de prevenir enfermedades
Derecho A La Salud
  • Incluye facetas preventiva, reparadora y mitigadora
Madre Cabeza De Familia
  • Incapacidad económica de la accionante para asumir el costo de las vacunas del neumococo y el rotavirus para su hija recién nacida
8 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud de menor a quien la entidad le niega el suministro de las vacunas del neumococo y el rotavirus, al encontrarse por fuera de la cobertura del plan de beneficios ofrecidos en el pos.<br>solicita se ordene el suministro de las cuatro dosis de vacuna contra el neumococo y las dos dosis contra el rotavirus sin ningun costo.<br>la naturaleza del derecho a la salud.

Exclusion de ciertos servicios medicos del pos.

Linea jurisprudencial en relacion con el suministro de vacunas excluidas del pos.<br>frente al caso concreto, la negativa en el suministro de las vacunas desvirtua por completo el uso y desarrollo de las mismas, ademas de dejar sin piso juridico los planes y politicas publicas del estado en materia de desarrollo y ejecucion de programas de prevencion de enfermedades endemicas o de otra indole.

En este sentido, resulta necesario recordar que el derecho a la salud presenta facetas fundamentales para su adecuada proteccion, siendo la preventiva una de ellas.<br>concedida.

Recobro al fosyga.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia dictada el 4 de diciembre de 2007 por el Juzgado Sesenta y Dos Civil Municipal de Bogotá que negó la tutela de los derechos fundamentales a la salud y a la vida de la menor Laura Alejandra Fajardo Molina, aquí representada por su madre Mariluz Molina Gutiérrez. En su lugar, TUTELAR el derecho fundamental a la salud.
  2. Segundo. ORDENAR a la E.P.S. SALUDCOOP para que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, si aún no lo ha hecho, suministre la primera dosis de las vacunas de Neumococo y Rotavirus a la menor Laura Alejandra Fajardo Molina, y continúe el suministrando todas las dosis requeridas según los protocolos médicos establecidos en relación con las vacunas señaladas.
  3. Así mismo, SALUDCOOP E.P.S. podrá repetir contra la subcuenta correspondiente del Fosyga, por las sumas de dinero que legal y reglamentariamente no sean de su cargo.
  4. Tercero. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.