Sentencia de Tutela29 de abril de 1999
T-284 de 1999
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Elsy Del Socorro Muñoz Y Otra
✓
Tema · dato duro
Der. Al Minimo Vital. Der. Al Trabajo. Mora En El Pago De Salarios. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas
- Pago oportuno de salarios
Salario
- Situación económica o presupuestal de entidad no es óbice para desconocer pago oportuno
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado Penal Municipal de Cereté de fechas 16 y 28 de diciembre de 1998, y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos al trabajo y a la vida, por violación del mínimo vital, de los accionantes Elsy del Socorro Muñoz Reza, Osvaldo Carvajal Domínguez y Socorro Petro Grondona.
- Segundo. ORDENAR al Director del Hospital San Diego de Cereté que, si todavía no lo ha hecho, proceda, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, a cancelar a los accionantes Elsy del Socorro Muñoz Reza, Osvaldo Carvajal Domínguez y Socorro Petro Grondona, los salarios atrasados, correspondientes al año de 1998, siempre que exista partida presupuestal disponible. Si esta fuere insuficiente, deberá en el mismo término, iniciar las diligencias encaminadas a obtener los recursos para cumplir con lo ordenado.
- Tercero. PREVENIR al Director del Hospital San Diego de Cereté (Córdoba) para que evite volver a incurrir en las omisiones ilegítimas que originaron el presente proceso, so pena de las sanciones legalmente correspondientes.
- Cuarto. LÍBRENSE por la Secretaría General de esta Corporación, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a12
T-103/99Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios. Gobernacion Del Choco. Concedida.T-220/98Procedencia Excepcional De La Tutela Para Pago De Acreencias Laborales. Der. Al Minimo Vital. Retraso En El Pago De Salarios A Docente. Concedida.T-212/98Procedencia Excepcional De La Tutela Para Pago De Acreencias Laborales. Der. Al Minimo Vital. Retraso En El Pago De Salarios A Docente. Concedida.T-210/98Procedencia Excepcional De La Tutela Para Pago De Acreencias Laborales. Der. Al Minimo Vital. Retraso En El Pago De Salarios A Docente. ConcedidaT-529/97Der. A La Vida. Der. Al Trabajo. Seguridad Social. Pago De Acreencias Laborales. Der. Al Minimo Vital. Concedida.T-273/97Der. Al Trabajo En Condiciones Dignas. Pago De Salarios Adeudados. Der. Al Minimo Vital. Empresas Publicas Del Carmen De Bolivar. Concedida.
Ver las 12 →Citada por9
T-265/24Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas-Amparo Transitorio Al Constatar La Modificación Injustificada De Las Condiciones Laborales. Exceso De La Facultad De Ius Variandi (Niegan La Posibilidad De Teletrabajo).T-074/23Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas-Amparo Transitorio Al Constatar La Modificación Injustificada De Las Condiciones Laborales. Exceso De La Facultad De Ius Variandi.T-266/05Tutela de 2005T-630/01Derecho A La Igualdad Minimo Vital Y Pago Oportuno De Salario. No Pago De 22 Meses De Salario Con Sus Primas. Situacion De Insolvencia De La Empresa Para Con Sus Obligaciones. No Aceptacion De Conciliacion Por Parte De La Actora. Concedida.T-348/01Derechos Al Minimo Vital Subsistencia Seguridad Social Salud Y Trabajo. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Personero Municipal. Concedida.T-326/01Derechos Al Minimo Vital Subsistencia Seguridad Social Y Salud. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Concedida.
Ver las 9 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.