Sentencia de Tutela16 de mayo de 2000
T-584 de 2000
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Camilo Laborde Alvarez
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital Y Trabajo. Mora En El Pago De Salarios. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador
- Pago oportuno de salarios
Empleador
- Omisión en el pago de aportes en salud amenaza derechos fundamentales
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido el doce (12) de noviembre de mil novecientos noventa y nueve (1999) por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, mediante el cual se declaró improcedente la acción de tutela instaurada.
- Segundo. TUTELAR los derechos constitucionales fundamentales de Camilo Laborde Álvarez a la vida, al trabajo, a la salud y a la seguridad social.
- Tercero. ORDENAR al Alcalde del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, si todavía no lo ha hecho, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia, proceda a cancelar todos los salarios que se adeudan a la accionante. Igualmente, en el mismo término deberá cancelar las cotizaciones que adeuda por seguridad social y el cubrimiento de la atención en salud que requiera el señor Camilo Laborde Álvarez.
- Se le previene igualmente, a fin de que realice las gestiones necesarias y adopte los mecanismos legales pertinentes para no continuar incurriendo en omisiones como las aquí probadas, en las cuales la entidad demandada es reincidente, y que ponen en riesgo los derechos fundamentales de los accionantes.
- Cuarto. ENVÍESE copia al Fiscal General de la Nación para lo de su cargo.
- Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-727/99Der. Al Minimo Vital. Der. Al Trabajo. Mora En El Pago De Salarios Y Prestaciones Sociales. Municipio De Buenaventura. Concedida.T-284/99Der. Al Minimo Vital. Der. Al Trabajo. Mora En El Pago De Salarios. Concedida.T-011/98Pago Excepcional De Acreencias Laborales. Dere. Al Minimo Vital. Pago De Cesantias Parciales. Concedida.
Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.