Micelio
Sentencia de Tutela3 de abril de 2003

T-283 de 2003

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Lucia Ocobo De Orobio Vs. Gobernador Del Valle Y Otro

Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Solicitud Ascenso. Respuesta De Fondo. Supresion Juntas Seccionales. Aplicación Normatividad Vigente O Anterior. Ley 715 De 2001. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Escalafon Docente
  • Solicitud de ascenso debe responderse
Carrera Docente
  • Antecedentes normativos para inscripción y ascenso en el escalafón
Derecho De Peticion
  • Información sobre expedición de nueva ley no satisface lo pedido
  • Respuesta dada al juez de tutela no es respuesta al peticionario
Entidades Territoriales
  • Competencia para inscripción y ascenso en el escalafón docente
Derecho De Petición
  • Respuesta debe ser de fondo, oportuna, congruente y tener notificación efectiva
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Segundo. de Familia de Buenaventura, en la tutela instaurada por LUCIA OCORÓ DE OROBIO. En su lugar, CONCEDER el amparo solicitado, en los términos expresados en la parte motiva de esta providencia.
  3. Segundo. En consecuencia, ORDENAR a la Gobernación del Valle del Cauca- Secretaria de Educación Departamental- que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, resuelva de fondo la solicitud presentada por la demandante desde el 4 de enero de 2002.
  4. Tercero. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.