Micelio
Sentencia de Tutela25 de junio de 1996

T-281 de 1996

Ponente Julio Cesar Ortiz Gutiérrez

Demandante Juan Carlos Torres Ortiz

Tema · dato duro
Der. A La Salud. Der. A La Vida. Der. A La Seguridad Social. Cirugia De Una Pierna. I.S.S. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Entidad De Salud
  • Aplazamiento procedimiento quirúrgico
  • Deber de atención
Centro Medico
  • Tratamiento diagnóstico equivocado VIH
Derecho A La Salud
  • Aplazamiento injustificado de cirugía
  • Fundamental por conexidad
  • Naturaleza
  • Relación con otros derechos
  • Terminación tratamiento quirúrgico
Derecho A La Seguridad Social
  • Terminación tratamiento quirúrgico
4 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo del siete (7) de febrero de mil novecientos noventa y seis (1996), proferido por el Juzgado Catorce Penal del Circuito de Cali, Valle, que a su vez revocó la sentencia del Juzgado 26 Penal Municipal de Cali, en virtud de la cual se había concedido la tutela impetrada.
  2. Segundo. Ordenar al Instituto de Seguros Sociales, Seccional Valle del Cauca, que por intermedio del servicio de Traumatología y Ortopedia de la Clínica Rafael Uribe Uribe, después de explicar al señor Juan Carlos Torres Ortíz, los riesgos y posibles complicaciones, se le preste el manejo quirúrgico en su miembro inferior derecho y el tratamiento que requiera para su rehabilitación, dentro de los recursos con que cuenta el Instituto de los Seguros Sociales para estos efectos, en desarrollo del tratamiento que se inició. Con tal fin, el paciente deberá autorizar al Instituto, y aceptar los riesgos propios de la operación
  3. Tercero. Ordenar que por Secretaría general se comunique esta providencia en la forma y para los efectos previstos en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.