Micelio
Sentencia de Tutela17 de abril de 2007

T-271 de 2007

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Vitramar Ltda Vs. Asociacion Internacional De Transportadores Aereos Iata

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia por no configurarse perjuicio irremediable
Juez Constitucional Colombiano
  • Carece de jurisdicción para conocer del contrato de adhesión entre la IATA y la agencia de viajes accionante
Jurisdiccion Del Juez Constitucional Colombiano
  • Se debe determinar la nacionalidad y domicilio de las partes y el lugar de celebración del contrato
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al habeas data al libre desarrollo de la personalidad a la honra el trabajo y al debido proceso de la sociedad vitramar ltda por las decisiones unilaterales adoptadas por iata en su contra aduciendo el incumplimiento de obligaciones contractuales lo que le impide continuar desarrollando su objeto social constituyendose un perjuicio irremediable.tutela contra una persona juridica particular.

Procedencia de la accion de tutela.

Alcance de la jurisdiccion del juez constitucional colombiano.

Principio de la territorialidad de la ley y sus excepciones.el contrato que origina la controversia que dio origen a la accion de tutela involucra a un contratante privado con domicilio y nacionalidad en otro pais; Fue celebrado con implicaciones fuera del pais y se ejecuta en un espacio indeterminado e ilimitado que solo parcial y excepcionalmente se ubica en territorio colombiano.

Por estas razones el juez constitucional colombiano carece de habilitacion clara para ocuparse de las controversias que puedan surgir de este contrato.

Existencia de otro medio de defensa judicial como es la posibilidad de acudir a un arbitraje internacional como mecanismo para ventilar la inconformidad de los agentes afectados.improcedente

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E
  3. Primero. MODIFICAR la sentencia proferida por el Juzgado 7deg Civil del Circuito de Bogota el 23 de octubre de 2006, confirmatoria de la dictada por el Juzgado 23 Civil Municipal de Bogota el 12 de septiembre del mismo ano, en el sentido de DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela solicitada por Viajes Integrados Terrestres, Aereos, Maritimos - Vitramar, Ltda., contra la Asociacion Internacional de Transportadores Aereos - Iata.
  4. Segundo. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
  5. Tercero.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.