Micelio
Sentencia de Tutela23 de junio de 1993

T-241 de 1993

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Asopenca

Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Silencio Administrativo Negativo. Solicitud De Pension. Caja Nacional De Prevision. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

7 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCASE la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia, Sala Dual de Decisión Civil, el veintisiete (27) de enero de mil novecientos noventa y tres (1993), mediante la cual se negó la tutela pedida por la Asociación de Pensionados del Caquetá, ASOPENCA.
  2. Segunda.- CONCEDER la tutela solicitada y, en consecuencia, ORDENAR al Director de la Caja de Previsión Social Departamental del Caquetá que resuelva sobre las peticiones a que se refiere esta sentencia en un término máximo de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de su notificación.
  3. Tercero. REMITASE copia del expediente y de esta sentencia al Procurador General de la Nación para que, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales (artículo 277, numerales 1, 2, 5, 6, 7 y 9 C.N.) vigile el cumplimiento del fallo e investigue la conducta de los servidores públicos que en la Caja de Previsión Social Departamental del Caquetá hayan violado el derecho de petición de los actores.
  4. Cuarto. LIBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.