Micelio
Sentencia de Tutela12 de marzo de 2004

T-239 de 2004

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Magnolia Vasquez Ospina Vs Susalud Eps

Tema · dato duro
Derechos A La Vida Integridad Personal Y Dignidad. Paciente Con Cancer De Seno. Solicitud Tratamiento Y Medicamentos Prescritos Por Medico Particular No Incluidos En El Pos. Accion De Repeticion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud De Persona Que Padecio Cancer
  • Debe ser remitida por la EPS al servicio de oncología
Derecho A La Salud
  • Suministro de medicamentos no puede ordenarse por no cumplirse las exigencias impuestas por la jurisprudencia constitucional
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. Revocar las sentencias proferidas el 28 de julio y el 5 de septiembre de 2003 por los Juzgados
  2. Cuarto. Civil Municipal y
  3. Décimo. Civil del Circuito de Medellín.
  4. Segundo. Tutelar los derechos fundamentales a la vida, a la integridad personal y a la dignidad de Magnolia Vásquez Ospina.
  5. Tercero. Ordenar a Susalud EPS que en las 48 horas siguientes a la notificación de este pronunciamiento, remita a Magnolia Vásquez Ospina a una evaluación por oncología y suministre los tratamientos y medicamentos prescritos por tales especialistas.
  6. Cuarto. Declarar que a Susalud EPS le asiste el derecho de repetir contra el Fondo de Solidaridad Social en Salud, lo que pague en cumplimiento de lo establecido en la presente sentencia.
  7. Quinto. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.