Micelio
Sentencia de Tutela4 de julio de 2008

T-679 de 2008

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Patricio Antonio Gonzalez Rios·Demandado Solsalud Eps Y La Direccion Territorial De Salud De Caldas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
  • No se cumplen las condiciones exigidas para tutelar los derechos
  • Reglas jurisprudenciales
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la seguridad social y a la salud en conexidad con la vida en condiciones dignas de beneficiario del regimen subsidiado que padece hiperplasia benigna de la prostata, por lo que requiere medicamento -hytrin 2 mg- que es negado por la entidad al encontrarse excluido del pos-s.<br>solicita se ordene el suministro del medicamento que le fue formulado.<br>aplicacion de las normas legales o reglamentarias que regulan las exclusiones del pos.<br>en el caso concreto, como quiera que el medico tratante afirmo que el no suministro del medicamento no pone en riesgo la vida del actor y, adicionalmente, conceptuo acerca de su sustitucion por un farmaco que si se encuentra dentro del pos-s, no se evidencia la vulneracion o amenaza de derechos fundamentales. <br>negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida en diciembre 3 de 2007 por el Juzgado
  2. Primero. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Manizales, que nego la tutela instaurada por Patricio Antonio Gonzalez Rios, contra Solsalud EPS y la Direccion Territorial de Salud de Caldas.
  3. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.