T-223 de 2014
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Sergio Bernardo Vesga Davila·Demandado Tribunal Superior De Ibague, Sala Plena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por no acreditar perjuicio irremediable y existir otro medio de defensa judicial
- Procedencia excepcional para reintegro a cargos públicos cuando es prepensionado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, mínimo vital, seguridad social.
La vulneración de derechos fundamentales la alega un funcionario judicial que fue nombrado en provisionalidad, en acatamiento de una sentencia que ordenó su reintegro al cargo del cual era titular antes de la declaratoria de insubsistencia que fue anulada.
Se demanda el hecho de abrir un concurso de méritos para llenar esta plaza y nombrar en ella, en propiedad, a una persona que participó en dicho concurso.
Aduce el actor que al estar cobijado por el denominado retén social en calidad de prepensionado, no se debe realizar el nombramiento en propiedad, hasta tanto no se le reconozca su prestación.
La Sala reitera jurisprudencia sobre el principio de subsidiariedad en la acción de tutela, en especial, sobre la procedibilidad de dicha herramienta constitucional para obtener el reintegro a cargos públicos cuando los peticionarios son prepensionados.
Se revoca la decisión de instancia que negó el amparo solicitado y, en su lugar, se declara la IMPROCEDENCIA de la acción de tutela deprecada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el dos (02) de octubre de dos mil trece (2013) por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial Ibague, que resolvio NEGAR la accion de tutela promovida por Bernardo Vesga Davila en contra de la Sala Plena del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague.
- SEGUNDO. En su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la accion de tutela instaurada por el senor Bernardo Vesga Davila en contra de la Sala Plena del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Por Secretaria General, librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.