Micelio
Sentencia de Tutela25 de mayo de 2018

T-202A de 2018

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Sena Rodriguez Torres·Demandado Fondo De Pensiones Porvenir S.A Y Otros

Tema · dato duro
Accion De Tutela Para Reclamar El Reconocimiento Y Pago De Prestaciones Economicas. Improcedencia Por No Acreditar Requisitos Para Acceder Al Derecho Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Agencia Oficiosa En Tutela
  • Se pueden agenciar derechos ajenos cuando el titular de los mismos no esté en condiciones de promover su propia defensa
Legitimacion Por Pasiva En Tutela
  • Entidades de carácter público y privado y organismos del Sistema de Seguridad Social en Pensiones del orden nacional
Multiafiliacion En El Sistema General De Seguridad Social En Pensiones
  • Marco normativo
  • Orden a Porvenir S.A., iniciar trámites para solucionar el problema de múltiple afiliación de la actora
Principio De Inmediatez En Accion De Tutela
  • Inaplicación cuando violación de derechos persiste en el tiempo
Pensión De Invalidez
  • Requisitos para obtener reconocimiento y pago
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se instaura la acción de tutela en representación de una persona que padece una enfermedad que le generó una disminución de su capacidad laboral superior al 50% y que reclama el reconocimiento y pago de la pensión de vejez.

Se desarrollan los siguientes temas: 1º.

La procedencia de la acción de tutela para el reconocimiento y pago de prestaciones económicas. 2º.

La pensión de invalidez y los requisitos par a acceder a ella. 3º.

La capacidad laboral residual y, 4º.

La multiafiliación al Sistema General de Seguridad Social.

Ante la falta de elementos de juicio para decidir lo relacionado con el reconocimiento económico solicitado, se niega el amparo de los derechos al mínimo vital y pensional pretendidos.

No obstante, se concede la protección al derecho de petición y se ordena a Porvenir S.A. iniciar los trámites pertinentes para solucionar el problema de múltiple afiliación de la actora al Sistema General de Seguridad Social de Pensiones, de conformidad con lo indicado en el Decreto 3995 de 2008, si no lo ha efectuado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. MODIFICAR la sentencia proferida el del 23 de agosto de 2017 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogota D.C., por medio de la cual se confirmo la providencia dictada 6 de julio de 2017, por el Juzgado Veintitres Laboral del Circuito de Bogota D.C., en el tramite de la referencia, en el sentido de NEGAR el amparo al minimo vital y al derecho pensional pretendido por la senora Nubia Rodriguez Torres y CONFIRMAR la proteccion otorgada respecto del derecho de peticion.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a Porvenir S.A., que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, inicie los tramites pertinentes, para solucionar el problema de multiple afiliacion de la actora al Sistema General de Seguridad Social de Pensiones, de conformidad con lo indicado en el Decreto 3995 de 2008, si no lo ha efectuado.
  3. TERCERO. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.