Micelio
Sentencia de Tutela17 de abril de 1996

T-147 de 1996

Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz

Demandante Carlos Eduardo Robledo Y Otro

Tema · dato duro
Igualdad En El Acceso A La Contratacion Publica. Licitaciones. Medio De Defensa Judicial. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autonomia De Entidades Territoriales
  • Igualdad para contratar con el Estado
  • Límites respecto igualdad de nacionales
Contratacion Administrativa
  • Procedencia excepcional de tutela
Entidades Territoriales
  • Ordenación y gestión económica
Libre Competencia Economica
  • Residencia como factor de discriminación
Licitacion Publica
  • Trato imparcial a proponentes
Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho
  • Cláusula discriminatoria en pliego de condiciones
Fomento De La Ingenieria Local
  • Necesidad de justificación constitucional
Igualdad De Acceso A La Contratacion Publica
  • Residencia como factor de discriminación
Igualdad De Oportunidades
  • Residencia del contratista
Presuncion De Inconstitucionalidad
  • Medidas basadas en factores de discriminación
Suspension Provisional
  • Cláusula discriminatoria en pliego de condiciones
Tratamiento Diferenciado
  • Origen nacional o residencia
13 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. R E S U E L V E
  2. PRIMERO. CONFIRMAR, solo por las razones senaladas en la presente providencia, la sentencia de octubre 5 de 1995, proferida por la Seccion Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
  3. SEGUNDO. LIBRESE comunicacion al Tribunal Administrativo de Risaralda, con miras a que se surta la notificacion de esta providencia, segun lo establecido en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.