Micelio
Sentencia de Tutela4 de marzo de 2011

T-135 de 2011

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Luis Hernando Londoño·Demandado Instituto De Seguros Sociales

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Reconocimiento De Pension De Invalidez
  • Procedencia excepcional para obtener el pago cuando hay perjuicio irremediable
Requisito De Fidelidad Para Pension De Invalidez
  • Entidades prestadoras del servicio público de seguridad social no están autorizadas para exigir requisito de fidelidad por cuanto fue declarado inexequible en sentencia C-428 de 2009
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud, vida digna.

La accionante sufre de hipertrofia mamaria, dorsalgia y quistes de mama bilaterales, por lo tanto su médico tratante le ordenó que debía someterse a la cirugía de mamoplastia de reducción, sin embargo COOMEVA medicina prepagada se negó a realizarle dicha operación por cuanto se encuentra expresamente excluida del plan obligatorio de salud.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela para resolver controversias derivadas de contratos de medicina prepagada, los límites de los planes adicionales de salud en aplicación del principio de buena fe contractual y la protección del derecho a la salud, se concluye que la cláusula de cobertura y de exclusión, sobre la cirugía mamaria, no permite determinar con claridad cuál fue la intención real de la parte que redactó la forma del contrato, ya que tiene un carácter ambiguo el cual no le es oponible a la accionante, por lo cual la entidad accionada debe asumir la responsabilidad sobre la prestación del servicio quirúrgico requerido por la accionante.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Tercero. Laboral del Circuito de Medellin el 9 de agosto de 2010, y en su lugar, TUTELAR los derechos al minimo vital y a la seguridad social, del senor Luis Hernando Londono.
  3. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS las Resoluciones Nos. 022442 del 31 de julio de 2009, 002498 del 23 de febrero de 2010 y 009674 del 28 de mayo de 2010, mediante las cuales el Instituto de los Seguros Sociales -Seccional Antioquia- nego el reconocimiento de la pension de invalidez al senor Luis Hernando Londono.
  4. Tercero. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales -Seccional Antioquia- que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificacion de esta sentencia RECONOZCA y PAGUE la pension de invalidez al senor Luis Hernando Londono.
  5. Cuarto. ORDENAR a la Secretaria General de la Corte Constitucional que remita copia de la presente sentencia a la Defensoria del Pueblo Regional Antioquia, para que en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, verifique el cumplimiento de la presente sentencia.
  6. Quinto. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales -Seccional Antioquia- que presente un informe al Juzgado
  7. Tercero. Laboral del Circuito de Medellin y a la Defensoria del Pueblo Regional Antioquia, sobre las acciones adelantadas para el cumplimiento de la presente sentencia.
  8. Sexto. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.