Micelio
Sentencia de Tutela26 de octubre de 2005

T-1096 de 2005

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Gudiela Jiménez De Lopez Como Agente Oficiosa De Menor Vs. Inpec

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la unidad familiar y de los niños por la omisión del inpec de no ordenar el traslado de interno condenado por homicidio de la penitenciaria de máxima seguridad de valledupar a la carcel de itagui en donde pueda ser visitado por su familia.

Solicita se ordene el traslado del interno.

Legitimación por activa de la abuela del menor.

En el presente caso el padre del menor ha instaurado dos tutelas por los mismos hechos que ahora se mencionan.

Unidad familiar y privación de la libertad.

Las causales de traslado se encuentran taxativamente consagradas en la ley.

La negativa del inpec de trasladar al interno no se debe al capricho del ente demandado sino a que el interno no reune los requisitos para concederle su solicitud.

Los derechos del menor no estan siendo afectados con la medida legitima de condena para su padre en un centro de reclusión lejos del sitio donde vive el menor.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin, en Sala de Decision Civil, en la accion de tutela instaurada por la senora en contra del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC).
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.