Micelio
Sentencia de Tutela17 de marzo de 1993

T-108 de 1993

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Edgar Castro

Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Derecho A La Educacion. Universidad Inca. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. Revocar la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá -Sala Penal-, de fecha octubre catorce (14) de mil novecientos noventa y dos (1992), en el asunto de la referencia, por las razones precedentes, y en su lugar conceder la tutela como mecanismo transitorio del derecho a la educación de que es titular el señor EDGAR CASTRO, en ejercicio del cual le debe ser permitida, con los ajustes necesarios a su relación laboral, su asistencia a las clases en la Facultad de Leyes y Jurisprudencia de la Universidad INCCA de Colombia, en la que se encuentra matriculado. El peticionario dispondrá del término legal de cuatro (4) meses para instaurar las acciones correspondientes ante los jueces competentes.
  4. Segundo. La Universidad INCCA de Colombia, representada por su Rectora, doctora LEONOR GARCIA DE ANDRADE, dará cumplimiento al presente fallo dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación. El desacato a esta decisión dará lugar a la imposición de las sanciones contenidas en los artículos 52 y 53 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Tercero. Comuníquese al Juzgado Treinta y Nueve (39) Penal del Circuito de Santafé de Bogotá, la presente decisión para que sea notificada a las partes conforme lo ordena el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Notifíquese, cópiese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.