Micelio
Sentencia de Tutela31 de enero de 2001

T-106 de 2001

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Edgar Mina Paz Y Otros Vs. Alcaldia De Santander De Quilichao

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Empleador
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de salarios
Partida Presupuestal
  • Gestión y distribución para pago oportuno de salarios
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Santander de Quilichao-Cauca, de cuatro (4) de mayo de dos mil (2000) y del Tribunal Superior de Popayan-Cauca de trece (13) de junio del mismo ano, en el expediente T- 350 563, en cuanto negaron las solicitudes de tutela de los accionantes contra EDGAR MINA PAZ, ORLANDO BANGUERO y RUBIELA AGUDELO CARABALI contra EL ALCALDE, LA SECRETARIA DE HACIENDA Y LA TESORERA DEL MUNICIPIO DE SANTANDER DE QUILICHAO-CAUCA.
  3. Segundo. CONCEDER la proteccion solicitada por los senores EDGAR MINA PAZ, ORLANDO BANGUERO y RUBIELA AGUDELO CARABALI en la demanda de tutela interpuesta contra EL ALCALDE, LA SECRETARIA DE HACIENDA Y LA TESORERA DEL MUNICIPIO DE SANTANDER DE QUILICHAO-CAUCA.
  4. Tercero. ORDENAR AL ALCALDE, A LA SECRETARIA DE HACIENDA y A LA TESORERA DEL MUNICIPIO DE SANTANDER DE QUILICHAO-CAUCA, que en el termino maximo de cuarenta y ocho horas (48), contado a partir de la notificacion de la presente providencia, si no lo hubieren hecho ya, procedan a hacer las transferencias que por ley corresponde a la Personeria Municipal de Santander de Quilichao-Cauca a fin cancelar la totalidad de los salarios adeudados a los accionantes EDGAR MINA PAZ, ORLANDO BANGUERO y RUBIELA AGUDELO CARABALI. Si ante el juez de primera instancia, al cual se confia la vigilancia y el control sobre el cumplimiento de este Fallo, EL ALCALDE, LA SECRETARIA DE HACIENDA Y LA TESORERA DEL MUNICIPIO DE SANTANDER DE QUILICHAO-CAUCA acreditaran dificultades de liquidez o de flujo de caja que les impida hacer la correspondiente transferencia, se concede para que inicie -probandolo ante el juez- los tramites presupuestales pertinentes, orientados a la obtencion de los recursos que permitan atender en su integridad las aludidas obligaciones en un termino que no podra exceder de un (1) mes.
  5. Cuarto. PREVENIR a los entes demandados para que en el futuro eviten incurrir en las omisiones que generaron la instauracion de la presente accion de tutela.
  6. Quinto. DAR cumplimiento por Secretaria General a lo previsto en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.