Micelio
Sentencia de Tutela14 de diciembre de 1999

T-1020 de 1999

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Jose Eliecer Vanegas Guzman

Tema · dato duro
Debido Proceso.Der Defensa Der Trabajo Supresion Y Liquidacion Secretaria Obras Publicas Pitalito Huila Der Asoc. Sindical Fuero Sindical.Imposible Accion Reintegro.Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reintegro De Empleado Publico Con Fuero Sindical
  • Improcedencia cuando se debe a supresión del cargo por causa de reestructuración administrativa
  • Pago de indemnización impide que supresión del cargo produzca perjuicio irremediable
Debido Proceso De Tutela
  • Notificación de tercero interesado
Reintegro Al Cargo De Trabajador Oficial
  • Improcedencia de quienes fueron indemnizados por supresión del cargo
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del 26 de febrero de 1999 proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura; la sentencia pronunciada el 22 de abril de 1999 por el H. Consejo Superior de la Judicatura; y las sentencias de marzo 2 y marzo 8 de 1999 que la Sala de Decisión Civil Laboral-Familia del Tribunal Superior de Neiva dictó en obedecimiento al
  2. primero. de los fallos aquí mencionados.
  3. Segundo. En su lugar, DENEGAR la tutela interpuesta por José Eliecer Vanegas Guzmán; Alfonso Vargas Vargas; Abelardo Reyes Bermeo; Libardo Salazar Plazas; Libardo Llanos Cruz; Heliberto Sarmiento Vargas; Luis Alfonso Cuéllar Rojas; Rodrigo Luna; Jairo Antonio González Devia; Hernando Vargas Delgado; Nelson Betancourt Toro y
  4. Segundo. Rafael Paladines Morcillo.
  5. Tercero. Remítase copia del expediente y de la presente Sentencia a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Huila y del Consejo Superior de la Judicatura para que adelanten las investigaciones a que diere lugar la conducta procesal del apoderado Fermín Vargas Buenaventura.
  6. Cuarto. Remítase copia de la presente Sentencia al Juzgado Unico Laboral del Circuito de Pitalito, a la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Neiva y al señor Alcalde del municipio, para los efectos pertinentes.
  7. Quinto. LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.