Providencias que cita
T-079/18 invoca estas providencias en su argumentación. · 72 en total.
Volver a la ficha de T-079/18En El Marco Del Seguimiento Al Cumplimiento De La Sentencia T-025 De 2004, Y La Pretendida Superación Del Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Misma, Y Con Posterioridad A La Ejecución De La Sesión Pública De Información Técnica Realizada El 21 De Septiembre De 2007 Ante La Sala Segunda Revisión, En El Presente Auto Se Lleva A Cabo Un Estudio Constitutivo Del Balance Actual De La Protección De Los Derechos Fundamentales De Las Personas Y Los Pueblos Indígenas Desplazados Por El Conflicto Armado O En Risesgo De Desplazamiento Forzado.
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez
Derechos Al Trabajo Debido Proceso Personalidad Juridica Libertad Y Asociacion Sindical. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Proceso De Reestructuracion. Supresion De Cargos. Fuero Sindical. Legitimacion Activa Y Pasiva. Estabilidad Laboral. D
Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho. Reforma Fallo De Tutela Ejecutoriado Durante Tramite De Desacato. Quebrantamiento De Las Formas Propias. Autoridad Publica. Principio Nemo Auditur Propiam Turpitudinem Allegans. Concedida.
Debido Proceso. Via De Hecho. El Juzgador De Segunda Instancia Fundamento Su Providencia En Hechos No Alegados Ni Probados En El Proceso. Concedida.
Debido Proceso. Via De Hecho. Decision Sobre Una Solicitud De Habeas Corpus. Negada.
Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion Oportuna.Negada.
Ley 81/93 Art. 34 Parcial Competencia Del Superior Exequible.
Dec.2700/91. C.P.P. Arts. 161 Y 206. Inexistencia De Diligencias. Providencias Consultables. Exequibles.
Ley 48/82. Art. 3. Ley 110/12. Art. 61. Ley 160/94. Arts. 65 Y 69. Dominio De Terrenos Baldios. Exequibles.
Dec. 01/84. C.C.A. Art. 184. Consulta. Condena En Abstracto A Cargo De Entidades Publicas. Exequible.
Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25.