T-054 de 2005
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Astrid Del Carmen Huertas Martín Vs. Esap
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia en el caso para obtener el reintegro a un cargo del cual ha sido desvinculada
- Motivación del acto administrativo de desvinculación
- Provisión de empleos
- Provisión de empleos
- Discrecionalidad del nominador fundada en el debido cumplimiento de la función pública
- Protección especial de los destinatarios frente a las medidas de desvinculación
- No es el mecanismo para impugnar la legalidad de un acto administrativo
- Nombramiento en provisionalidad condicionada al tiempo que durara el encargo del titular
- Ingreso y ascenso están determinados por el mérito
- Situación particular no la coloca dentro de los presupuestos del art. 12 de la ley 790/02
- Motivación del acto administrativo de desvinculación
- Nombramiento en provisionalidad condicionada al tiempo que dure el encargo del titular
- Situación en que existen causas justas para terminarla
- Motivación insubsistencia cargo de carrera de empleado en provisionalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida digna al trabajo la igualdad el debido proceso al minimo vital la familia la salud la seguridad social la educación y los de los niños de persona nombrada provisionalmente para ocupar un cargo en la planta global de la institución por la terminación del nombramiento provisional y su desvinculacion sin considerar que era madre cabeza de familia.
Los nombramientos en provisionalidad y la necesidad de motivar los actos administrativos.
Proteccion especial a las mujeres cabeza de familia en el marco de renovación de la administración publica.
Nombramiento en provisionalidad estuvo condicionado al tiempo que durara en encargo la titular de dicho cargo.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR los fallos proferidos por el Juzgado 15 Penal del Circuito de Bogota, D.C., y por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad que negaron la tutela instaurada por Astrid del Carmen Huertas Martin contra la Escuela Superior de Administracion Publica, ESAP.
- Segundo. Por Secretaria, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.